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La jueza sienta en el banquillo al PP por el borrado de los ordenadores de Bárcenas

La magistrada considera que el partido obstaculizó la investigación "en una causa criminal de indudable trascendencia".


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Genova sede ppSede nacional del PP en la calle Génova.


La magistrada del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, Rosa María Freire, ha dictado la apertura del juicio oral por la destrucción de los discos duros de los ordenadores que el ex tesorero Luis Bárcenas empleaba en la sede del partido en la calle Génova de Madrid y el PP tendrá que sentarse en el banquillo acusado de un delito de daños informáticos.


La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid confirmaba hace casi un mes el procesamiento del PP, su tesorera Carmen Navarro, el informático José Manuel Moreno y el abogado de la formación Alberto Durán. Es la primera vez que una formación política se sentará en el banquillo de los acusados como persona jurídica.


En el auto, fechado a 30 de noviembre y al que ha tenido acceso Europa Press, la jueza abre juicio oral contra la tesorera, el abogado y el informático por un delito de encubrimiento y de daños informáticos, mientras que en el caso del PP se queda en el delito por daños informáticos.


La magistrada hace referencia a que "se impidió con el borrado de los datos la realización de una diligencia considerada relevante en una causa criminal de indudable trascendencia".


La jueza ha dictado la apertura del juicio oral a la vista de los distintos escritos de acusación formalizados, en función de los indicios que han quedado acreditados en la instrucción de la causa. La Audiencia Provincial claros indicios de los documentos de Bárcenas fueron eliminados "a conciencia mediante el sistema de borrado más drástico, el de sobreescritura de 35 pasadas y rallado hasta su destrucción física".


Tras analizar las pretensiones de los recurrentes que pedían la nulidad de la causa por la falta de elementos precisos para que ésta siga adelante, los magistrados creen que hay indicios suficientes para considerar que los acusados han cometido presuntamente un delito de daños informáticos y de encubrimiento.


La Fiscalía asegura que no existen "indicios relativos a ciertos extremos esenciales", en concreto la existencia de datos relevantes en los ordenadores del extesorero cuyo contenido fue borrado, para imputarle estos delitos y sostiene que la única versión sobre estos hechos es la del propio Bárcenas, que la considera "inverosímil y contradictoria".


APLICAR DOCTRINA BOTÍN


Tras este dictamen, el PP y su tesorera presentaron un escrito solicitando a la jueza que tuviera en cuenta la denominada 'Doctrina Botín' recordando una sentencia del Tribunal Supremo que en su día benefició al banquero fallecido que da nombre a la mencionada doctrina y subraya que si ni la Fiscalía, ni la acusación particular, en este caso Bárcenas, ejercen acciones contra el acusado, las responsabilidades deben archivarse.


Se da la circunstancia de que el extesorero se retiró del procedimiento en septiembre del año pasado y que el Ministerio Público ha solicitado el sobreseimiento y archivo de la causa en reiterradas ocasiones por entender que los hechos investigados no revisten relevancia penal.


En este sentido, la defensa de Navarro y de la formación política destacaba que, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, "resulta evidente" que, si el "supuesto perjudicado por el delito no tiene interés en continuar el proceso penal", y que la Fiscalía de Madrid tampoco lo demuestra, "no es posible mantener la causa abierta únicamente a instancias de las acusaciones populares".


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