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A 242 km/h por la A-6: pillado doblando la velocidad permitida en una vía limitada a 120 km/h

La Guardia Civil ha informado de que este lunes por la mañana detectó en A-6, a su paso por O Corgo (Lugo), a un turismo que circulaba sentido A Coruña a 242 km/h, cuando la velocidad máxima permitida en el lugar es de 120 km/h.


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Los hechos ocurrieron el pasado lunes por la mañana, en la A-6 a su paso por el municipio lucense de O Corgo en dirección A Coruña.

 

El piloto, un vecino de Monforte de Lemos de 39 años investigado por un delito contra la seguridad vial, logró el "récord" de la multa a más velocidad captada por la Guardia Civil en la provincia en mucho tiempo. 

 

Nota De Prensa
Foto: EP

 

La Guardia Civil ha informado de que este lunes por la mañana detectó en A-6, a su paso por O Corgo (Lugo), a un turismo que circulaba sentido A Coruña a 242 km/h, cuando la velocidad máxima permitida en el lugar es de 120 km/h.

Tras la constatación del exceso de velocidad se procedió a identificar al conductor del vehículo cuando circulaba dirección a Sarria, en el kilómetro 4 del CG2.2, que resultó ser un vecino de Monforte de Lemos, de 39 años de edad.

La Guardia Civil ha trasladado que se le imputó en calidad de investigado como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial por conducción a velocidad excesiva, y se confeccionaron las oportunas diligencias para el juzgado de instrucción de guardia de Lugo.

En la provincia de Lugo se han detectado en los dos últimos años un total de 22 delitos de exceso de velocidad, siendo la de este último caso la más alta en un turismo medida por los equipos de radar del Subsector de Tráfico, y únicamente superada por una motocicleta que circulaba a 257 km/h el pasado mes de febrero en la AG64 (Vilalba - Ferrol).

La Guardia Civil recomienda precaución y respeto a los umbrales de velocidad establecidos al ser la excesiva o inadecuada "un factor fundamental que determina la mayor o menor incidencia en la siniestralidad vial", así como la gravedad y el grado de las lesiones de las víctimas en caso de accidente de tráfico.

Por otro lado, recuerda que el Código Penal establece que aquel que condujese un vehículo a motor o un ciclomotor, a una velocidad superior a 60 kilómetros por hora en vía urbana, o en 80 kilómetros por hora en vía interurbana, a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de hasta seis meses, y en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y de hasta cuatro años.

 

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