El Diario Oficial de Galicia publica este viernes la orden por la que se crea y se regula la composición, funcionamiento y organización del Consejo Técnico de Atención Primaria. Este organismo está previsto en las medidas a corto plazo del Plan Gallego de Atención Primaria 2019-2021 y forma parte de los acuerdos alcanzados entre la Consellería de Sanidade, los sindicatos y las organizaciones profesionales.
Según ha recordado la Xunta, el Plan Gallego de Atención Primaria fue aprobado el pasado mes de mayo y cuenta con un presupuesto superior a los 102 millones de euros para tres años. El documento recoge 200 acciones a desarrollar a corto, medio y largo plazo, definidas en 7 líneas estratégicas y 52 objetivos concretos, con la finalidad de replantear el modelo de atención primaria en Galicia.
El Consejo, en concreto, estará encargado del análisis y evaluación de las necesidades de recursos humanos en el ámbito de la Atención Primaria; el análisis de la mejora de su capacidad resolutiva y de la cartera de servicios; de las líneas de gestión de procesos asistenciales de atención primaria y de propuestas de mejora de las relaciones de primaria con la atención hospitalaria; además del estudio y análisis de propuestas de nueva organización de la gestión del primero nivel asistencial.
Otras funciones serán elaborar programas de intervención comunitaria para la mejora de la salud de la población y asesorar al Sergas en los asuntos de su ámbito de competencias, especialmente en el que se refiere a la prevención, diagnóstico precoz y mejora de la accesibilidad de la atención sanitaria y sobre aspectos relacionados con la formación, docencia e investigación de la atención primaria.
También analizará las líneas de gestión de procesos asistenciales de primaria y las propuestas de mejora de las relaciones entre atención primaria y hospitalaria.
COMPOSICIÓN
El Consejo Técnico de Atención Primaria, estará constituido por un máximo de 55 personas de reconocido prestigio, reconocimiento social y trayectoria profesional acreditada en el ámbito sanitario y se procurará que tenga una composición paritaria entre hombres y mujeres.
El nombramiento de los miembros tendrá una duración de tres años renovables y el pleno del consejo se reunirá, por lo menos, dos veces al año, o a requerimiento de la presidencia o de un tercio de sus miembros.