“España condenada a pagar casi 260 millones de euros como compensación la unas multinacionales de las energías renovables, y con 7,1 millones de euros a sus bufetes de abogados, por recortes las renovables durante lo ejecutivo de Mariano Rajoy. En uno dieras bufetes trabaja Soraya Sainz de  Santamaria que era Vicepresidenta del citado ejecutivo cuando alumbró la reforma por la que fue demandado por tales empresas”.


Uno de los hechos más escandalosos de la política española es el fenómeno conocido como “puertas giratorias” (“revolving  door” en terminología anglosajona). Una práctica de simbiosis bastante extendida entre las clases política y empresarial consistente, básicamente, en que dirigentes políticos cuando dejan de ser gobernantes pasan, sin casi solución de continuidad, a ocupar puestos directivos de grandes empresas y sociedades a las que asesoran aprovechando el conocimiento y las influencias adquiridas durante su estancia en la administración pública en cargos de alta responsabilidad. Una práctica que en España resulta bastante frecuente como muestra el dato de que entre los años 2007 y 2017 habían sido más de 200 los casos de ex altos cargos públicos que una vez abandonado su puesto en la administración pública pasaron a desempeñar una actividad profesional en el sector empresarial privado atravesando así las “puertas giratorias”.


De la relevancia política en España de esta práctica política de “puertas giratorias” da cuenta no solo el anteriormente citado número de casos que se han dado, sino también la importancia de los mismos. Así no hay prácticamente empresa o sociedad del IBEX 35 que no tenga entre sus cargos directivos o de asesoramiento un ex alto cargo del gobierno –tanto del PP como del PSOE-. A la hora de elegir tienen preferencia entre las entidades financieras el Banco Santander, Telefónica, Gas Natural y ENDESA entre las empresas no financieras. En relación al excargo ocupado además de los que proceden directamente de la Presidencia de gobierno son mayoría destacable los que ocuparon altos cargos en los ministerios económicos (Economía, Hacienda, Industria…). No menos subrayable resulta el tiempo transcurrido desde que se dio el cese en el cargo público hasta que pasan a ocupar el cargo directivo en la empresa privada: aunque legalmente debería transcurrir un plazo prudencial se dan casos de ex altos cargos que ya tenían aprobada su incorporación a empresa privada antes del cese.


Una práctica esta de las “puertas giratorias” que favorece tanto el conflicto de interés como la corrupción. Algo que resulta evidente con solo analizar, por caso, como viene siendo desde el punto de vista del interese público y social el comportamiento de aquellas empresas que tienen entre sus directivos y asesores a ex altos cargos de la administración pública.


En primer lugar el grupo de empresas privadas que pertenecen al “club de las puertas giratorias” están mayormente incluidas en lo que se conoce como IBEX35. Empresas que concentran la mayor parte del enorme fraude fiscal existente en España (71%: unos 43.000 millones de euros) gracias a que cuentan, casi todas ellas, con filiales en paraísos fiscales: unas 1.300 filiales aproximadamente. Unas prácticas que jamás fueron perseguidas por las diferentes autoridades españolas, lo que nos da una idea de su enorme poder.


Muchas de estas empresas, por caso las de servicios (eléctrica, carburante, telefonía….), consolidaron posiciones de  oligopolio gracias las decisiones políticas tomadas por gobiernos que tuvieron como altos cargos a políticos que ahora son directivos y asesores de tales empresas. Posiciones de oligopolio que les conceden un control absoluto de los respectivos mercados y les permiten mantener continuos abusos en los precios a pesar de unas muy discutibles calidad y eficiencia en el servicio.


También pueden darse situaciones auténticamente kafkianas como en el caso subrayado al principio de quien después de ocupar un alto cargo en la política española actúa ahora como asesora de una empresa privada multinacional en una demanda contra el estado español por decisiones gubernamentales adoptadas durante el período en que esa persona ocupaba la Vicepresidencia.


Es bien cierto que cada quien es libre de pensar como quiera, pero algunos cuidamos que este fenómeno político de las “puertas giratorias” puede que no sea materia de delito penitenciaria pero moral y éticamente resulta claramente repugnante. Mucho más si tenemos en cuenta que a pesar de que la muy permisiva legislación española (Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado) establece que los altos cargos públicos que abandonen sus puestos “deben abstenerse” –durante un período no inferior a los dos años- “de realizar cualquier actividad que guarde relación con las responsabilidades ejercidas en el cargo público anteriormente citado” pocos cumplen ese mandato legal.

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