Pide a la Xunta que corrija una norma sobre perceptores de la Risga e insta a ayuntamientos a facilitar empadronamientos

El Valedor do Pobo recuerda a los bancos que las rentas de inclusión, como la Risga o el Ingreso Mínimo Vital, no son embargables y que, en el caso de que algún perceptor de estas cuantías se haya visto en el caso, debe recurrir ante el Banco de España para que le sea restituida.

El mensaje forma parte del informe anual del Alto Comisionado del Parlamento gallego sobre 2020, en el que, como en su memoria de 2019, vuelve a pedir agilidad a las administraciones a la hora de tramitar este tipo de rentas de inclusión social.

En sus conclusiones, consultadas por Europa Press, la institución que encabeza María Dolores Fernández Galiño reconoce la flexibilización de los trámites adoptada por la Conselleíra de Política Social en las valoraciones para conceder la Risga durante los primeros meses de la pandemia.

Con todo, se hace eco de las quejas recibidas por perceptores que tuvieron pagos inferiores a la cuantía de la Risga en mensualidades en las que las circunstancias económicas de la familia habían cambiado.

En este sentido, después de que la Xunta alegase que el hecho de que las modificaciones tengan efecto a partir del mes siguiente "en ocasiones perjudica y en otras beneficia", el Valedor resalta que estas cuestiones impactan en las economías de las familias y provocan que "durante un cierto tiempo se den situaciones de mayor precaridad económica".

Por lo tanto, insta a la Administración autonómica a buscar una alternativa ante los efectos "injustos" de esta norma.

EMPADRONAMIENTOS
A renglón seguido, anima a los ayuntamientos a facilitar los empadronamientos que, como recuerda, constituyen "la puerta de entrada a los servicios sociales", por lo que "impedirlos o dificultarlos" significa "impedir o retrasar ayudas de primera necesidad".

Así, apela a las entidades locales a permitir los empadronamientos de personas en situación de vulnerabilidad, incluso, si fuese necesario, a través de un domiciliio ficticio después de que los servicios sociales hayan realizado las "comprobaciones estrictamente necesarias".

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