VOX alerta que está sufriendo una campaña de vandalismo contra su propaganda electroal en la villa de Carballo, A Coruña. Según muestran las imágenes remitidas por el partido han aparecido carteles dañados y con pintadas que contienen la palabra "nazis". Otros han aparecidos tachados.
La formación nacionalista española indica que estas actuaciones "se unen a las que se han producido desde el inicio de la campaña electoral en otras localidades de Galicia como Santiago, Meis (Pontevedra) o Lugo".
El alcaldabe de VOX en Carballo, Manuel Gómez Eiroa, ha tildado de cobardes a los autores, que, dice, poseen una visión muy peculiar de la democracia. El candidato asegura que estos comportamientos son delictivos y antidemocráticos. Gómez Eiroa apunta que no tienen miedo y que seguirán haciendo campaña.
Vox se queja de que es habitual que los responsables de hechos así queden impunes. En España, destrozar un cartel de propaganda electoral puede considerarse un delito o una falta, dependiendo de la magnitud de los daños y las circunstancias específicas. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece algunas disposiciones relacionadas con los carteles y la propaganda electoral.
Según el artículo 144 de la LOREG, se considera infracción electoral grave "el impedimento o la perturbación grave de cualquiera de los actos electorales" y se castiga con una multa de 300 a 3.000 euros. Esta disposición podría aplicarse a casos de vandalismo o daños significativos a los carteles electorales que afecten el normal desarrollo de la campaña electoral.
Además, la destrucción de la propiedad ajena o el vandalismo en general, incluyendo los carteles electorales, puede estar tipificado como delito en el Código Penal español, específicamente en el apartado referente a los daños (artículo 263 y siguientes). Los delitos de daños pueden implicar penas de prisión o multas, dependiendo de la gravedad de los daños causados.