Me llegó por pura casualidad a mis oídos que existe en internet una edición comentada de la constitución de un país centroeuropeo que tiene un jefe de estado monárquico al frente. Leyendo los 115 artículos de la carta magna llama la atención varios puntos del texto. El jefe de estado tiene una inmunidad que le protege de cualquier acción penal, aplicación valida también para el príncipe heredero si tiene que suplir temporalmente esas funciones. Esa inmunidad, que antiguamente se llamaba inviolabilidad, se pierde con la renuncia al trono o por petición popular.
Si, leen bien, los ciudadanos de ese país pueden iniciar un procedimiento de reprobación, una especie de moción de censura contra el jefe de estado, algo único a nivel planetario. Incluso se regula también el derecho de los ciudadanos de plantear la abolición de la monarquía y la implantación de una república. Si la petición tiene éxito, el parlamento tiene el deber de elaborar una constitución republicana y el monarca tiene el derecho de plantear otra distinta, y ambas se someterán en un espacio máximo de dos años a un referéndum.
¿Qué alguna provincia, algún ayuntamiento no quiere seguir en el país? Ningún problema, tiene el derecho de plantear la secesión para integrarse en el del país vecino.
Si el parlamento local o provincial decide por mayoría salirse del país, se inicia el procedimiento administrativo previsto y se redacta un tratado de Estado. Claro, el problema reside si el otro estado no quiere saber nada del tema en integrar alguien nuevo en su terruño, entonces se complica el asunto como en el caso catalán: tiene que existir un reconocimiento internacional y mientras tanto no es miembro de la Unión Europea. Por lo tanto es más que improbable que suceda el caso.
¿De qué país estamos hablando todo el tiempo? Liechtenstein, y pueden leer los comentarios más desarrollados en la página de www.verfassung.li.