El gobierno municipal de Vigo ha iniciado la tramitación del expediente para aprobar una modificación de crédito por valor de algo más de 330.000 euros, para dar cumplimiento a una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, de marzo pasado, que le condena a abonar esa cantidad a la Asociación Profesional de Empresarios Autónomos del Mercado del Progreso, por obras realizadas en esas instalaciones municipales.

La resolución judicial confirma una sentencia de instancia y establece que el Ayuntamiento debe resarcir a estos comerciantes por unas obras de acondicionamiento de los puestos, refuerzo estructural del Mercado, reforma de una sala técnica, e instalación de frío y hielo, unos trabajos que "sobrepasan la consideración de ser obras de mera conservación, mantenimiento o reparación de los puestos".

Asimismo, entre otras consideraciones, el TSXG señala que las obras realizadas, "que han sido necesarias para el contrato (de concesión y explotación del Mercado) pudiera comenzar su andandura y cumpliera así su finalidad", van a revertir a favor del Ayuntamiento cuando finalice el período de concesión, de 25 años. "Por lo que es justo que el ente local peche con su importe, pues en caso contrario se estaría enriqueciendo injustamente a costa de la parte apelada", reza la sentencia.

Finalmente, recuerda el alto tribunal gallego, que las obras en cuestión fueron planificadas por el Ayuntamiento en un proyecto de 2.010 pero que, progresivamente, "por las razones que fueran", se fueron detrayendo en los sucesivos proyectos posteriores, "viéndose abocada la Asociación entonces a soportarlas para llevar a efecto la concesión del Mercado del Progreso de Vigo".

Para dar cumplimiento a esta sentencia, la Junta de Gobierno Local aprobó el pasado 10 de noviembre, en una reunión extraordinaria y urgente, el expediente de modificación de crédito para pagar esos 330.000 euros.

Así, esta modificación, que hace con cargo a remanentes, se justifica debido a que ya pasó el plazo de 3 meses desde la notificación de la sentencia, y no habiendo fondos en el presupuesto del departamento correspondiente para acometer el pago (que no se puede retrasar al año que viene).

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