Menú de decodificador Engel en una imagen del youtube locuradigital

La primera sentencia firme por ofrecer IPTV sin derechos acaba de ser dictada. Engel Systems deberá pagar 673.000 euros según un auto de la Audiencia Provincial de Pontevedra..

 

Engel Systems SL -inscrita en el registro mercantil de Barcelona pero con delegación en Galicia donde fue denunciada- se convierte en la primera empresa en España condenada por la venta de IPTV sin derechos, resultando en una multa de 673.000 euros, según adelantó El Mundo

 

El acuerdo alcanzado a finales de 2023 redujo la pena inicial de 24 años de cárcel que pedía el fiscal a un año y medio, sustituyendo la reclusión de siete personas por el pago de una indemnización acordada en el citado nuevo auto. Entre los denunciantes del pleito estaban DTS Distribuidora de Televisión Digital (Canal +/Movistar), Mediapro S.L.U. y EGEDA (Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales), en relación a los derechos para la emisión de fútbol y otros eventos deportivos.

 

Hasta ahora, solo particulares como  habían enfrentado condenas relacionadas con el IPTV pirata. Engel Systems S.L., dentro del mercado de la venta de decodificadores piratas, se convierte así en el primer caso legal contra una empresa española en este ámbito. Este hito promete marcar un antes y un después en la lucha contra la piratería televisiva en el territorio estatal.

 

La condena, aunque histórica, resultó ser menos severa de lo anticipado. Inicialmente, tras la apertura de un pleito en un juzgado de Redondela, la fiscalía pidió 23 años y 9 meses de prisión para un total de 7 investigados. 

 

Según el auto de la Audiencia Provincial de Pontevedra, entra en vigor la prohibición de realizar actividades relacionadas con la venta de decodificadores susceptibles de cardsharing y aparatos Link TV. La entidad fue acusada de un delito contra el mercado y los consumidores, en concurso medial con un delito contra la propiedad intelectual.

 

La causa contra Engel Systems no es novedosa, ya que en 2021 la Fiscalía solicitó más de 23 años de cárcel y una multa de 21 millones de euros. Los principales afectados, Telefónica, Mediapro y EGEDA, alegaron pérdidas económicas estimadas en al menos 700.000 euros. Por su parte, la sentencia detalla que los beneficios de los acusados, excluyendo la venta de decodificadores pero considerando el producto (Link TV), ascienden a 41.300 euros.

 

Es importante destacar que la sentencia es definitiva, firme y no admite recurso, consolidando así el fallo histórico en la lucha contra la venta ilegal de IPTV. 

 

¿Cómo se puede usar la iptv para difundir audiovisual por internet?
 

La IPTV (Televisión por Protocolo de Internet) se puede utilizar legalmente para la transmisión de contenido audiovisual a través de Internet. Eso sí, hay que poseer los derechos legales para transmitir el contenido que planeas difundir.

 

Los proveedores de IPTV pueden ofrecer contenido personalizado, permitiendo a los usuarios seleccionar y pagar solo por los canales o servicios que desean consumir. Los servicios IPTV a menudo ofrecen características interactivas, como la posibilidad de seleccionar y ver programas a pedido, pausar y rebobinar contenido en vivo, y acceder a servicios adicionales como video a pedido (VOD) y grabación en la nube.

 

La transmisión de IPTV puede utilizar diversos protocolos, siendo algunos de los más comunes el Protocolo de Transmisión en Tiempo Real (RTP) y el Protocolo de Control de Transmisión (TCP).

 

Es importante destacar que la IPTV en sí misma no es ilegal ni infringe derechos de autor. Sin embargo, el problema surge cuando se utiliza para la distribución no autorizada de contenido protegido por derechos de autor, como en el caso de servicios IPTV piratas. 

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