Un fallo judicial condena a Distribuciones Froiz, conocida cadena de supermercados gallega, tras anular una sanción impuesta a tres empleadas en Lugo, según informa el sindicato CIG. El Juzgado de lo Social número 3 ha declarado nula la suspensión de empleo y sueldo de 14 días que la compañía aplicó a dos delegadas de la CIG y una de CCOO, obligándola a pagarles los salarios no percibidos durante ese tiempo y una indemnización de 7.501€ por trabajadora por daños y perjuicios, de acuerdo a la versión de la central, que la empresa no ha rebatido públicamente por ahora.
CIG destaca que la justicia ha determinado que el castigo fue una respuesta desmedida y discriminatoria a la actividad sindical de las afectadas, relacionada con la negociación del convenio de Comercio Alimentación de Lugo.
Distribuciones Froiz es una empresa con sede en Pontevedra que opera decenas de supermercados en Galicia, Castilla y León y el norte de Portugal. Fundada en 1970, se ha consolidado como un referente en el sector de la alimentación en el noroeste español, aunque no está exenta de controversias laborales. En este caso, la sentencia pone el foco en una práctica que, según el juzgado, vulneró los derechos fundamentales de las trabajadoras, protegidos por la Constitución Española.
El origen del conflicto, explica la central en una nota de prensa, se remonta a la retirada de cuatro lomos ibéricos caducados, valorados en 128,48€, por parte de las empleadas sin abonar su importe. Aunque esta acción iba en contra de las normas internas de la empresa, el juez destacó que se trataba de una costumbre aceptada en Froiz. Sin embargo, la compañía reaccionó con una sanción dura, suspendiendo a las trabajadoras durante 14 días y acusándolas de faltas graves como fraude y desobediencia.
La justicia ha concluido, añade CIG, que el castigo no se justificaba por la gravedad de los hechos, ya que el valor de los productos era bajo y no generó un daño significativo a la empresa. Además, el juez subrayó que existía una práctica tolerada de retirar productos caducados, lo que convierte la sanción en un acto desproporcionado.
El verdadero motivo, según la sentencia citada por CIG, fue castigar a las trabajadoras por su implicación en las negociaciones del convenio colectivo, lo que supone una clara vulneración de su libertad sindical.
Xosé Paz, representante de CIG-Servizos, ha aplaudido la decisión judicial y sostiene que la sanción fue un intento de represalia por la lucha de las empleadas. “Ellas participaron activamente en concentraciones, manifestaciones y en la convocatoria de una huelga durante la negociación del convenio de Comercio Alimentación de Lugo. Esto fue un ataque directo a sus derechos”, afirmó Paz.
Contexto de un conflicto laboral
La negociación del mencionado convenio, que regula las condiciones laborales en el sector de la alimentación en la provincia de Lugo, estuvo marcada por tensiones entre sindicatos y empresas. Tras meses de movilizaciones, se alcanzó un acuerdo en 2023 que mejoró salarios y jornadas, aunque dejó heridas abiertas, como refleja este caso. Las trabajadoras sancionadas fueron piezas clave en esas protestas, lo que, según el juzgado, motivó la reacción de Froiz.
La sentencia no solo anula la sanción, sino que refuerza la protección de la actividad sindical en un momento clave para el sector. Froiz deberá ahora asumir las consecuencias económicas de su decisión, abonando tanto los salarios retenidos como las indemnizaciones.