A CORUÑA, 29 (EUROPA PRESS) La Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático publica este martes en el Diario Oficial de Galicia (DOG) la resolución por la que se determinan las épocas hábiles de caza, las de control por daños y los regímenes especiales por especies durante la temporada 2025-2026.
Según especifica, el período hábil para ejercer la caza en Galicia será entre el 19 de octubre de 2025 y el 6 de enero de 2026, ambos inclusive, con las excepciones que para cada especie se especifiquen. Los días de la semana en los que se permitirá su ejercicio dependerá de las modalidades de caza, mayor o menor.
Mientras, solo podrán ser objeto de venta, transporte o comercio las especies silvestres cazables. A su vez, en terrenos de régimen cinegético común se autoriza el entrenamiento de perros y aves de cetrería, sin petición previa, desde el 1 de septiembre y hasta el 6 de enero.
Por otra parte, especifica que la Federación Gallega de Caza o las sociedades de caza, previa autorización, podrán celebrar competiciones cinegéticas en terrenos de este régimen y en fechas determinadas.
En la resolución, se concreta la actuación, con correspondiente autorización, para reducir los daños producidos por el jabalí o el lobo, con comunicación de daños. El documento recoge también las zonas en las que se prohibe el ejercicio de la caza en distintos ayuntamientos gallegos.
martes, 29 de abril de 2025, 14:20