La controversia urbanística que rodea a la antigua propiedad de Alberto Núñez Feijóo en la localidad pontevedresa de Moaña ha vivido un nuevo capítulo judicial determinante. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la obligación de derribar el cierre de la finca situada en el lugar de A Fanequeira, dando la razón a la administración local frente a los intentos del actual dueño por mantenerlo. La justicia ha sido clara: aquella autorización fue una anomalía ligada exclusivamente al cargo político del anterior propietario y, una vez consumada la venta del inmueble, el muro es ilegal.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo desestima el recurso de apelación interpuesto por el comprador de la vivienda, confirmando íntegramente el fallo previo del Juzgado número 1 de Pontevedra. Los magistrados han determinado que la estructura no solo excede la altura permitida por las ordenanzas municipales, sino que se levanta sobre terrenos que deberían ser de uso público. Con esta decisión, se respalda la actuación del Concello de Moaña, que exige la restitución de la legalidad tras años de una excepción urbanística que ha privado a los vecinos del disfrute de una parte de la vía pública.
El origen del conflicto se remonta a 2017, cuando el entonces presidente autonómico solicitó permiso para blindar su residencia de verano. Aunque el proyecto original debía ceder terreno al ayuntamiento para ampliar el camino, se invocaron razones de seguridad personal, avaladas por informes de la Policía Nacional y la Dirección General de Urbanismo, para permitir un cierre que no se ajustaba al planeamiento. Sin embargo, el fallo judicial actual subraya que aquella licencia tenía un carácter condicional y temporal, vinculada estrictamente a la figura del presidente de la Xunta y sin posibilidad de transferirse a terceros.
El fin del privilegio político
La situación cambió radicalmente en 2021. Alberto Núñez Feijóo se desprendió de la propiedad, vendiéndola a un nuevo particular. Fue en ese momento cuando el Ayuntamiento de Moaña, gobernado por el BNG, detectó que las circunstancias que justificaron en su día la construcción de aquel muro habían desaparecido. Al no residir ya allí una autoridad pública con necesidad de protección especial, la administración local ordenó la demolición para recuperar los 90 metros cuadrados de espacio público que el cierre había absorbido indebidamente.
El TSXG ha sido contundente al respaldar esta lógica administrativa. En su resolución, los jueces explican que, tras la transmisión patrimonial, el mantenimiento de la estructura carece de soporte legal. El tribunal destaca que no existe motivo alguno para perpetuar una situación que vulnera la normativa del municipio basándose en una "hipotética situación de seguridad" del nuevo dueño, que es un ciudadano particular. Por tanto, la ocupación de la cesión municipal se considera ahora una infracción flagrante que debe ser subsanada devolviendo los terrenos al pueblo de Moaña.
Es importante señalar que la defensa del actual propietario intentó argumentar que la seguridad del inmueble seguía comprometida, pero la justicia ha rechazado de plano este planteamiento. La sentencia advierte que, si el nuevo dueño considera que necesita medidas de protección extraordinarias, debería iniciar un procedimiento administrativo desde cero, sometiéndose a una nueva valoración de los órganos competentes adecuada a su perfil personal, sin que ello legitime mantener un muro que es, a todas luces, urbanísticamente irregular.
Una mansión rodeada de polémica
Más allá del debate sobre los ladrillos y el cemento, este caso ha reabierto la discusión sobre la transparencia patrimonial de los altos cargos. La vivienda, construida originalmente sobre una parcela de más de mil metros cuadrados en una zona privilegiada de las Rías Baixas, ha estado en el foco mediático no solo por el muro, sino por la propia operación de venta. Diversas informaciones publicadas recientemente apuntan a que la transacción generó un beneficio económico sustancial para el líder popular, suscitando preguntas sobre la revalorización de un inmueble que contó con permisos excepcionales durante su mandato.
La tensión entre el interés privado y el público es el eje central de esta disputa. Durante años, la excusa de la seguridad sirvió para que una propiedad privada mantuviera cerrado un perímetro que, según el planeamiento urbano, debía haber sido cedido para ensanchar la calle y mejorar la movilidad de los vecinos de la zona de Meira. Lo que el TSXG viene a decir ahora es que los privilegios asociados al cargo no pueden convertirse en derechos adquiridos permanentes que perjudiquen al colectivo una vez que el político abandona la propiedad.
El Concello de Moaña, que ha mantenido un pulso constante para hacer cumplir sus normas subsidiarias, ve avalada su gestión. La persistencia del muro representaba un agravio comparativo para el resto de vecinos que sí deben cumplir estrictamente con los retranqueos y cesiones que marca la ley. La resolución judicial pone de manifiesto que la ocupación de vía no puede justificarse indefinidamente por una causa que ya se ha extinguido.