La Comisión Galega da Competencia ha desestimado el recurso interpuesto por una funeraria contra el desglose de un expediente en dos por posible infracción de la ley en el ámbito del transporte de cadáveres.
Competencia acordó el desglose del expediente sancionador sobre el servicio de transporte de cadáveres en dos expedientes: uno relativo al servicio transporte de cadáveres en el área territorial de Santiago de Compostela y otro referido a las áreas territoriales de Vigo y Pontevedra.
En el primero tienen consideración de investigadas tres mercantiles que conforman una unión temporal de empresas (UTE) y en el segundo otras cuatro, también integradas en una UE.
Ese acuerdo se adoptó al apreciar Competencia "la existencia de indicios racionales de una posible conducta prohibida por el artículo 1 LDC atribuible a las empresas que conforman los grupos de UTEs citadas y con objeto de examinar sus conductas de forma independiente en aras de proteger adecuadamente la confidencialidad de la documentación correspondiente a cada una de ellas".
Tras recurrir ese desglose una de las funerarias, la Comisión Galega da Competencia ha concluido, según una resolución con fecha del pasado 8 de enero que ha adelantado el diario 'Praza', que "no resulta posible apreciar que el acuerdo recurrido pueda causar indefensión". Tampoco ve que exista "perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos".