Los clientes pueden perder del 40 al 70% del dinero.

El secretario general de la asociación gallega de consumidores y usuarios (Acouga), Xoán Antón Pérez-Lema, recomienda no suscribir lo que considera "bonos trampa" ofertados por el Banco Santander.


Para Acouga, con la oferta presentada este jueves, el Santander "pretende mantener buena parte de la clientela del Popular y eludir posibles reclamaciones judiciales por parte de los afectados".


Pérez-Lema critica que el Santander "decidirá si amortiza esos bonos pagándoles el nominal a los clientes o no, ya que en principio se emiten a perpetuidad".


"Y aquí es donde esta el problema", advierte. "Una emisión inferior a mil millones de euros, y esta es de 980 millones, se considera por los expertos que presenta graves problemas de liquidez", alerta.


Así, subraya que "quien quiera encontrar comprador es muy probable que tenga que vender los bonos con una pérdida muy importante, incluso del 40% al 70% del valor nominal".


"¿Quien puede querer comprar unos bonos que rindan el 1%?", se pregunta, para responder a continuación que, "evidentemente, los inversores que quieran comprar barato aprovechándose de la necesidad de liquidez que tenga el ahorrador en tela de juicio".


A diferencia de las participaciones preferentes y subordinadas, que poseían un mercado secundario que funcionó bien hasta el 2011, apunta que "estos bonos perpetuos que ofrece ahora el Santander carecen de un mercado en el que negociarlos".


En definitiva, Pérez-Lema asegura que el antiguo minorista del Popular "se verá atrapado en la iliquidez y dependerá de la buena voluntad del banco".


VÍA JUDICIAL DE MANERA INDIVIDUAL


Ante esta circunstancia, el presidente de Acouga, Manuel Pérez Arias, recuerda que la asociación seguirá proporcionando, a través de los ocho despachos de su red en Galicia y con el apoyo de peritos contables y economistas, asesoramiento a los clientes del Banco Popular para emprender la vía judicial de manera individual.


Acouga mantiene que las compras de acciones por parte de consumidores y clientes minoristas que se produjeron en la ampliación de capital del Popular en 2016, y que alcanzó los 2.500 millones de euros, "son nulas de pleno derecho", igual que muchas de las contrataciones de deuda subordinada.


Los afectados pueden ejercer, antes de cuatro años, una demanda de nulidad por vicio de consentimiento, según indica Acouga, ya que en la venta de esas acciones "se produjo un error sustancial en la contratación porque el Popular engañó al comprador" sobre su estado patrimonial real.


Además, recuerda que en su oferta el Santander "no solo exige que se renuncie a cualquier reclamación por las acciones correspondientes a 2016, sino también por las de años anteriores, ya que estas podrían ser objeto de reclamaciones penitenciarias y civiles".

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