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El TSXG acoge la vista de apelación del caso del vigués que arrojó a su mujer por la ventana

En la misma jornada volverá a revisarse el caso del octogenario condenado a 20 años de cárcel por asesinar a su mujer en Narón

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En la misma jornada volverá a revisarse el caso del octogenario condenado a 20 años de cárcel por asesinar a su mujer en Narón

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha fijado para el próximo martes dos vistas de apelación, la del caso del vigués que arrojó a su mujer por la ventana, absuelto por una eximente completa de alteración psíquica, y la del naronés que acuchilló a su esposa, condenado a 20 años de cárcel por asesinato.

En el primero de los casos, cuya vista de apelación está fijada para las 11,00 horas, la Sección Quinta da Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, absolvió del delito de homicidio al acusado, declarado culpable de matar de su mujer al arrojarla por una ventana de su vivienda en Vigo a finales de octubre de 2015.

En concreto, al acusado le fue aplicada la eximente completa de alteración psíquica, por la que se acordó su internamiento por un periodo máximo de 14 años.

Por unanimidad, los miembros del jurado popular declararon al hombre culpable de haber matado a su mujer, si bien consideraron probado que en ese momento estaba afectado por un trastorno de ideación delirante de daño/perjuicio de tipo persecutorio centrado en su mujer (creía lo envenenaba), por lo que entendieron que concurre la eximente de enajenación mental.

Los hechos ocurrieron sobre las 4,00 horas del 29 de octubre de 2015, cuando se produjo un altercado entre el acusado y la víctima en un el lavadero de la vivienda. En el forcejeo, el hombre logró tirarla al patio interior, "siendo consciente de que podía causarle la muerte". Al caer, la mujer sufrió importantes heridas por las que falleció poco después.

No obstante, al tiempo de producirse los hechos, y ya desde unos meses antes, el hombre estaba afectado por una ideación delirante de daño/perjuicio de tipo persecutorio centrado en su mujer, de la que estaba convencido que le estaba envenenando para matarlo para quedarse con su dinero, lo que anuló sus facultades cognitivas y volitivas.

CRIMEN DE NARÓN
Una hora después, a las 12,00 horas, está fijada la vista de apelación por el asesinato de una mujer en Narón (A Coruña), en diciembre de 2015, por el que fue condenado su marido a 20 años de prisión.

La Audiencia Provincial de A Coruña, atendiendo al veredicto de culpabilidad emitido por el Tribunal del Jurado, declaró en diciembre responsable de un delito de asesinato al acusado, un octogenario que mató con un cuchillo a su mujer en esta localidad coruñesa. Para la fijación de la pena se tuvo en cuenta la agravante de parentesco y la atenuante de anomalía psíquica leve, debido a la ludopatía que padece.

Se da la circunstancia de que el octogenario ya había sido juzgado y condenado por estos mismos hechos con anterioridad, pero, tras presentar recurso de apelación, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ordenó repetir el juicio al entender que no estaba suficientemente motivado el veredicto del jurado que entonces también lo había considerado culpable.

En esa primera sentencia, ya había sido condenado a una pena de 20 años de prisión por la muerte de su mujer. Según la calificación fiscal, el 29 de diciembre del 2015, el acusado se levantó antes que su esposa y, cuando ella se levantó de la cama, la atacó.

En concreto, la Fiscalía sostiene que lo hizo propinándole "varios golpes muy violentos en la cara, algunos de ellos probablemente contra la pared de la habitación". Posteriormente, la agarró por detrás y le propinó "cortes con un cuchillo muy afilado" en la cabeza, cara y cuello.

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