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El TSXG acoge el martes la vista de apelación del condenado por el doble crimen de Arbo (Pontevedra)

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acoge el martes, día 24, la vista de apelación contra la sentencia que, de acuerdo con el veredicto del jurado, condenó a 47 años de prisión a Arturo D.S. como presunto responsable en julio de 2015 en Arbo (Pontevedra) del doble crimen de su expareja, Beatriz Domínguez, y el novio de ella, Sergio Rodríguez.

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acoge el martes, día 24, la vista de apelación contra la sentencia que, de acuerdo con el veredicto del jurado, condenó a 47 años de prisión a Arturo D.S. como presunto responsable en julio de 2015 en Arbo (Pontevedra) del doble crimen de su expareja, Beatriz Domínguez, y el novio de ella, Sergio Rodríguez.

En concreto, la vista de apelación contra la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra arrancará a las 11,00 horas de este martes en la Sala de lo Civil y Penal del TSXG.

En octubre de 2017, el jurado declaró probado por unanimidad que Arturo mantuvo con Beatriz una relación sentimental durante unos nueve años, fruto de la que nació una hija --que en el momento de los hechos tenía nueve años--; y que poco antes del verano rompieron su relación sentimental, cesaron la convivencia y ella inició una relación sentimental con Sergio.

Asimismo, vio probado que Arturo mantenía un comportamiento "posesivo, controlador y violento" con Beatriz, a la que vigilaba de manera continua por diferentes vías y medios; y que en la madrugada del 3 de julio de 2015, Arturo siguió a Beatriz y Sergio hasta un lugar alejado en el monte y, "con la intención de acabar con sus vidas, les disparó a la cabeza con una escopeta".

A partir de ello, el magistrado presidente del Tribunal del Jurado consideró a Arturo D.S. autor de dos delitos de asesinato con alevosía, y le condenó a 24 años de prisión por la muerte de su exnovia y a otros 23 años de cárcel por el novio de ella. No obstante, de acuerdo con el Código Penal, fijó en 40 años de prisión el límite de cumplimiento efectivo de la pena.

También le privó de la patria potestad respecto a su hija, y le prohibió acercarse y comunicarse con los parientes de las víctimas. Asimismo, estableció indemnizaciones para su hija, para los padres y los hermanos de los fallecidos, y para el Estado.

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