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El TSXG deriva a mediación el pleito por irregularidades en la rehabilitación del antiguo edificio Conde de Fenosa

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha acordado derivar a mediación el pleito sobre las irregularidades en la reforma del antiguo edificio Conde de Fenosa, ubicado en la calle Fernando Macías, según informa el alto tribunal gallego. Esto implica la suspensión del curso del proceso judicial por un plazo no superior a 60 días.

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha acordado derivar a mediación el pleito sobre las irregularidades en la reforma del antiguo edificio Conde de Fenosa, ubicado en la calle Fernando Macías, según informa el alto tribunal gallego. Esto implica la suspensión del curso del proceso judicial por un plazo no superior a 60 días.

La providencia emitida por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que ha sido notificada este martes, convoca a las partes el próximo lunes, 8 de octubre, a las 10,00 horas, en la sede del TSXG, para participar "en una sesión única o sucesiva de mediación, que deberá comenzar con una sesión informativa".

Al encuentro están emplazados la parte demandante, el Ayuntamiento de A Coruña y los representantes de la comunidad de propietarios del edificio. Contra la resolución cabe presentar recurso de reposición en el plazo de cinco días.

PROPUESTA MUNICIPAL
El TSXG indica en la providencia que estima "factible" la propuesta de la asesoría jurídica del Ayuntamiento en la que insta a "valorar la pertinencia de la mediación en el marco de la presente ejecución de sentencia". El TSXG decretó la demolición del edificio en una sentencia emitida en 2001 que fue ratificada por el Tribunal Supremo en junio de 2006.

"La mediación se presenta como un medio alternativo de resolución de conflictos con una identidad material y procesal análoga a la conciliación", señala el tribunal sobre este caso.

La providencia recuerda que si las partes llegan a un acuerdo a través de la intervención de la mediación, el pacto podrá ser homologado por un juez a través de un auto, siempre que no sea "contrario al ordenamiento jurídico ni lesivo para el interés público o de terceros".

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