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Sanidade implantará la tramitación electrónica para inscribirse en el Rexistro Galego Sanitario de Empresas Alimentarias

Los cambios incluyen nuevas actividades que no estaban especificadas y el plazo para presentar alegaciones termina el 22 de octubre

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Los cambios incluyen nuevas actividades que no estaban especificadas y el plazo para presentar alegaciones termina el 22 de octubre

La Consellería de Sanidade ha publicado en el Portal de Transparencia el proyecto de decreto de modificación del anterior decreto del Rexistro Galego Sanitario de Empresas e Establecementos Alimentarios (Regasa), lo que permitirá implantar la tramitación electrónica para inscribirse.

En un comunicado, la Xunta ha precisado que los cambios incluyen "nuevas actividades" que "no estaban especificadas en el anterior texto normativo", por ejemplo, los depósitos de alimentos, puntos de venta de productos alimenticios, de complementos alimenticios o heladerías, entre otros, así como una "mejor descripción de las que ya estaban reguladas". También introduce la obligatoriedad de presentar las comunicaciones por vía electrónica.

De este modo, tanto la comunicación previa de inicio de actividad como la comunicación de modificación de cualquier dato de información obligatorio o cese de actividad deberán realizarse a través de medios electrónicos y a través del portal https://sede.xunta.gal, e incluirse asimismo que todas las comunicaciones se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos, con la finalidad de adaptarse a lo establecido en la nueva ley del 1 de octubre, según ha explicado el Gobierno gallego.

Además, ha indicado que, debido al dinamismo de las actividades comerciales, el texto del proyecto de decreto de modificación del Regasa pretende actualizar la definición y clasificación de dichas actividades, incluidas en el tercer anexo --bien modificando la descripción de algún código, bien incorporando nuevos códigos y descripciones--.

Concretamente, introduce cuatro nuevos códigos para distintos tipos de actividades --el de depósito de alimentos, punto de venta de productos alimenticios tales como bazares o droguerías, punto de venta de complementos alimenticios, como pueden ser gimnasios, centros de belleza o tiendas de deportes, y heladerías--. También cambia el nombre de los establecimientos de restauración comercial sin comedor independiente y los de restauración comercial con comedor independiente, que pasan a denominarse restauración comercial I y restauración comercial II, respectivamente.

El decreto, así como las modificaciones efectuadas en el texto normativo del mismo, tienen como finalidad última la protección de la salud pública y los intereses de las personas consumidoras finales, mediante el ejercicio por la administración sanitaria de sus funciones de control e inspección, tanto sobre las empresas y establecimientos sometidos a la obligación de inscripción en el Regasa como sobre el ejercicio de sus funciones, entre las que se encuentran las fases específicas de la cadena alimenticia --manipulación de alimentos, fabricación o elaboración--, así como de su almacenaje, distribución o venta.

DETALLES DEL DECRETO
El Rexistro Galego Sanitario de Empresas e Establecementos, creado por el decreto del 4 de octubre, tal y como ha apuntado la Xunta, tiene como finalidad "registrar a las empresas y establecimiento alimenticios de comercio al por menor existentes en Galicia", de modo que la autoridad sanitaria pueda ejercer sus competencias de control y que, ante una situación de peligro, se pueda localizar inmediatamente el foco del origen.

El Regasa es complementario del Rexistro xeral sanitario de empresas alimenticias y alimentos existente en la Agencia Española de Seguridad Alimenticia y Nutrición, que al igual que el gallego, tiene como finalidad la "protección" de la salud pública y los intereses de los consumidores, según ha explicado el Gobierno gallego.

En el Regasa deberán inscribirse las empresas con sede, domicilio o que ejerzan alguna actividad en la Comunidad gallega, y que dicha actividad consista, exclusivamente, en manipular, transformar, envasar, almacenar o servir alimentos para su entrega 'in situ' al consumidor final o a la colectividad, así como cuando fortalezcan a otros establecimientos de estas mismas características.

El registro tiene un carácter público e informativo respecto al nombre comercial, número de registro, dirección postal y actividad de la empresa o establecimiento registrado. Los interesados en formular alegaciones al nuevo texto normativo tienen de plazo hasta el próximo 22 de octubre.

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