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El TSXG confirma la condena de nueve años de cárcel a un santiagués que apuñaló a otro que reclamaba una deuda de droga

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, que condena a un hombre a nueve años de cárcel por intentar asesinar en la puerta de su casa a un conocido con el que había estado consumiendo sustancias estupefacientes y que había acudido a su piso a reclamarle una supuesta deuda de droga.

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, que condena a un hombre a nueve años de cárcel por intentar asesinar en la puerta de su casa a un conocido con el que había estado consumiendo sustancias estupefacientes y que había acudido a su piso a reclamarle una supuesta deuda de droga.

El alto tribunal gallego indica en el fallo, contra el que cabe presentar recurso de casación ante el Supremo, que los argumentos esgrimidos por la defensa "en modo alguno acreditan la afectación de las facultades" del condenado, quien apuñaló a la víctima.

Así, descarta la posibilidad de que las lesiones se causaran "en el devenir de una reyerta", pues considera acreditado que el ataque fue "repentino". Los magistrados, además, destacan que la herida fue "penetrante y no oscilante", lo que muestra "la ausencia de reyerta, con acomodo ajustado a lo que la declaración de hechos probados contiene".

Las lesiones que el procesado le causó al denunciante, según la sentencia, le hubiesen provocado la muerte de no haber sido socorrido en el edificio y trasladado inmediatamente al hospital. Además, el tribunal señala que, durante la intervención quirúrgica, la víctima tuvo "una relevante probabilidad de morir". El condenado deberá abonarle una indemnización de 15.600 euros.

NO LE PRESTÓ AUXILIO
En la sentencia de la sección sexta se hacía hincapié también en el comportamiento del acusado posterior al ataque, al advertir que se encerró en su vivienda y no auxilió al perjudicado "a pesar de sus súplicas para que avisase a una ambulancia ante el grave riesgo real e inminente que percibía para su vida".

"Por el contrario, el agresor salió de su vivienda e intentó darle una nueva puñalada en una zona vital", según señalan los magistrados. El fallo recogía en hechos probados que ambos estuvieron consumiendo droga juntos antes del ataque.

Lo ocurrido se retrotrae a la tarde del 3 de julio de 2016, cuando, sobre las 16,30 horas, Alberto R.A. acudió a la vivienda donde residía Fernando N.P., en la calle Negreira de la capital gallega. "Ambos estuvieron hablando y consumieron, cada uno, una papeleta de 'arrebujadito' (mezcla de heroína y cocaína)", explica. Además, señala que había dos o tres personas más en la vivienda. La disputa, según se determinó, se originó a raíz de una deuda relacionada con la droga.

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