El TSXG confirma el cese como personal eventual de una trabajadora del PP en el Ayuntamiento de Santiago
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG ha confirmado el cese como personal eventual, en junio de 2015, de una asesora del Ayuntamiento de Santiago al considerar "acreditado" que trabajaba exclusivamente para el PP.
De este modo, según figura en la sentencia difundida por el TSXG, el alto tribunal gallego desestima el recurso interpuesto por esta asesora contra la sentencia anterior del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Santiago en la que se rechaza su solicitud de ser readmitida o indemnizada por despido.
La asesora del Partido Popular fue cesada por el actual gobierno local en 2015 junto a otros trabajadores pero, al igual que habían hecho otras tres trabajadoras, recurrió la decisión ante el contencioso-administrativo.
En el fallo judicial, recuerda que en diciembre de 2016, tras revocar otra del juzgado de los social número 3 de Santiago, ya estableció que "el vínculo que une a la demandante con el Ayuntamiento de Santiago es de personal eventual, puesto que siempre fue nombrada para prestar servicios a un concreto grupo político, en las dependencias de ese grupo dentro del Ayuntamiento y bajo su jerarquía y dependencia, con estrecha vinculación a ese partido y sin que conste que en los periodos intermedios entre los nombramientos sucesivos percibiese directamente retribuciones del Ayuntamiento demandado en contraprestación a sus servicios".
OTRAS DENUNCIAS
Según han confirmado a Europa Press fuentes municipales, tres trabajadoras eventuales han denunciado y, a una de ellas, se le dio la razón y se le tuvieron que pagar 70.000 euros.
Hay otra denuncia que se perdió en primera instancia y que se corresponde con una asesora de Ángel Currás que fue relevada del puesto cuando asumió el bastón de mando su compañero de partido Agustín Hernández. Al respecto, esta sentencia está recurrida y el Ayuntamiento está a la espera.
La tercera asesora que ha denunciado era una administrativa del grupo y, según la sentencia del TSXG con fecha del 31 de octubre, ha perdido su reclamación al ser rechazado su recurso por el alto tribunal gallego.
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