#Claves de la semana

TS ordena repetir el juicio en el que se condenó al 'rey de las orquestas' a 12 años de cárcel por fraude

Anula la vista celebrada en la Audiencia por la citación errónea del representante de la empresa coacusada

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Ratifican la absolución por delito de fraude para el mayor empresario de orquest

Anula la vista celebrada en la Audiencia por la citación errónea del representante de la empresa coacusada

El Tribunal Supremo ha estimado un recurso de casación interpuesto por Ángel Martínez Pérez --conocido como 'Lito, el rey de las orquestas de Galicia'-- y por su sociedad de representaciones artísticas contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra que lo condenó a 12 años de prisión por seis delitos contra la Hacienda Pública y al pago de multas por más de 36 millones de euros.

Según la resolución del alto tribunal, a la que ha tenido acceso Europa Press, la sentencia condenatoria fue recurrida tanto por el propio 'Lito' como por la sociedad Representaciones Lito SL, alegando diversos motivos de casación.

Entre los argumentos esgrimidos, sostienen que hubo un quebrantamiento de forma y se vulneró el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva, así como vulneración de la presunción de inocencia, entre otras irregularidades.

Los condenados denunciaron que no se citó al representante de la sociedad limitada especialmente designado en la causa y que, en su nombre, compareció otro acusado.

Según ha explicado el recurrente, el representante fue designado pero el juzgado de instrucción lo rechazó por posible conflicto de intereses, de modo que se nombró a otra persona.

"SITUACIÓN DE INDEFENSIÓN"
"En el juicio, se le citó como testigo, teniendo erróneamente al otro acusado (Lito) como representante de la sociedad", recoge la resolución del TS, que concluye que se aprecia un "déficit relevante en las condiciones en las que la persona jurídica compareció y pudo desarrollar su defensa".

El Tribunal Supremo señala que "la existencia de una situación de indefensión para la persona jurídica impone la nulidad de la sentencia y del juicio oral", y mantiene que dicha nulidad afecta también al coacusado Ángel Martínez Pérez, porque ambos fueron representados por el mismo letrado y procurador.

NUEVO JUICIO
"A efectos de evitar cualquier asomo de indefensión,la anulación de la sentencia y del juicio oral se extiende a ambos acusados", concluye el TS, que ordena la celebración de una nueva vista, en la que sea "citado correctamente" el representante de Representaciones Lito SL, y facilitando la posibilidad de que letrado y procurador sean distintos de los de Ángel Martínez Pérez.

Con esta sentencia, el Tribunal Supremo ordena retrotraer las actuaciones al momento en que señaló el juicio en la Audiencia Provincial de Pontevedra.

Se da la circunstancia de que, a finales de febrero pasado, la Audiencia Provincial ratificó una sentencia absolutoria para este empresario de orquestas, que ya había sido absuelto por un juzgado de Pontevedra de dos delitos contra la Hacienda Pública. Esa resolución se basó en la anulación de los registros practicados por funcionarios de la Agencia Tributaria en dependencias de las sociedades investigadas.

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