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Más de 2.200 parejas casaron o formalizaron su divorcio en las notarías de Galicia en los últimos cuatro años

En las últimos cuatro años, desde la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria (LJV) en julio de 2015, un total de 2.225 parejas han contraído matrimonio o formalizado su divorcio en las notarías de Galicia, lo que representa una tercera parte de los 7.463 actos celebrados en ese periodo segundo la citada normativa.

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En las últimos cuatro años, desde la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria (LJV) en julio de 2015, un total de 2.225 parejas han contraído matrimonio o formalizado su divorcio en las notarías de Galicia, lo que representa una tercera parte de los 7.463 actos celebrados en ese periodo segundo la citada normativa.

De ello ha informado el Colexio Notarial de Galicia, que ha destacado que esta ley amplió la competencia de los notarios en asuntos como los citados actos en materia de familia, los de sucesiones (como la declaración de herederos 'ab intestato' colaterales o la realización del inventario antes de decidir la aceptación o renuncia de una herencia). Estos, según ha indicado, suponen el 33% del total.

Al respecto, la decana del Colexio Notarial de Galicia, Isabel Louro García, ha considerado que la participación del notariado gallego en esta jurisdicción "es de gran utilidad social" y "contribuye a desjudicializar muchos asuntos" que antes llenaban los juzgados, pese a tratarse de expedientes no sometidos a litigios.

Según el colegio, de las 2.225 parejas que acudieron a las notarías gallegas en el marco de la ley, un total de 686 lo hicieron para contraer matrimonio y 1.539 para divorcios o separaciones. Con todo, en estos casos, siempre que los cónyuges estén de acuerdo y no haya hijos menores a su cargo.

Además, ha señalado que la celebración de matrimonios ante el notario se multiplicó por más de tres desde la entrada en vigor de la ley, pasando de 66 a 235. Respecto de las separaciones o divorcios, aumentaron en un 53% durante el periodo (de 266 y 409).

En los casos de divorcios, el notario, del mismo modo que hacía el juez, comprueba que el convenio regulador de la suspensión de la vida en común acordado por las parte sea conforme a derecho y que sea equitativo para los dos miembros de la pareja. Es decir, que no incluye aspectos que discriminen a uno de ellos, antes de incorporarlo a la escritura pública del divorcio.

HERENCIAS
El Colexio Notal de Galicia ha señalado que la declaración de herederos cuando no existe testamento previo (ab intestato) era ya uno de los actos de jurisdicción voluntaria más demandado por los ciudadanos y lleva años realizándose ante notario.

Hasta la entrada en vigor de la ley, los notarios solo tenían competencia para declarar como herederos (ab intestto) a ascendientes, descendientes y cónyuges del fallecido. Con la nueva ley, vieron ampliadas sus competencias a parientes colaterales, como hermanos, sobrinos, tíos o primos de la persona fallecida. De hecho, el colegio ha indicado que estos actos aumentaron un 24% desde entonces.

La Ley de Jurisdicción Voluntaria también ha otorgado a los notarios la competencia para realizar el inventariado de una herencia antes de su aceptación o renuncia. La demanda de este acto, poco conocido aún por los ciudadanos, crece un 140%.

Otro de las novedades que incorporó la ley fue la posibilidad de que varios herederos, cuando el reparto de la herencia esté siendo obstaculizado por otro de ellos, acudan a un notario para que le envíen a este último un acta de notificaciones y requerimiento, dándole un plazo de 30 días naturales para que decida si va a aceptar su parte o si va a renunciar a ella.

En el acta se le advierte también de que, si no manifiesta su voluntad en ese tiempo, la herencia se considera aceptada, sin tener que acudir a los tribunales. En estos cuatro años, la demanda de este acto se multiplicó por cuatro.

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