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Abre el plazo para que entidades de inclusión social pidan las ayudas para financiar gastos extraordinarios

La Xunta ha realizado una nueva convocatoria de ayudas económicas destinadas a entidades de inclusión social para que puedan financiar los gastos extraordinarios que les supuso la atención a las personas sin hogar durante el estado de la alarma de la COVID-19. El DOG publica este viernes las bases de esta línea de subvenciones dotada de 1,5 millones de euros y que se encuadra en el Plan de recuperación social de Galicia.

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La Xunta ha realizado una nueva convocatoria de ayudas económicas destinadas a entidades de inclusión social para que puedan financiar los gastos extraordinarios que les supuso la atención a las personas sin hogar durante el estado de la alarma de la COVID-19. El DOG publica este viernes las bases de esta línea de subvenciones dotada de 1,5 millones de euros y que se encuadra en el Plan de recuperación social de Galicia.

Las entidades podrán, a partir de este sábado y durante un mes, presentar las su solicitudes de subvención, que se concederán por concurrencia competitiva. La percepción de estas ayudas es compatible con otras subvenciones para la misma finalidad procedentes de cualquier otra administración o ente público o privado.

Con esta convocatoria extraordinaria, el Gobierno gallego quiere compensar el "esfuerzo adicional" que hicieron estas entidades durante la pandemia para atender a las personas más vulnerables en albergues sociales, cocinas económicas y comedores sociales o centros de atención social continuada. Asimismo, apoyarán los gastos que tuvieron los centros de día que prestan servicios de higiene, lavandería y el conocido como 'calor y café'.

Las entidades podrán beneficiarse de esta convocatoria para sufragar los refuerzos de personal que tuvieron que acometer muchas de ellas para sustituir a personas con factores de riesgo o contagiadas; la cobertura de las necesidades de alimento y provisión de recursos básicos; o la contratación de servicios de restauración y la compra de material de uno solo uso para repartir comida a domicilio.

También son gastos subvencionables al amparo de estas ayudas la adquisición de material de protección u otros costes de carácter extraordinario a los que habían tenido que hacer frente durante la emergencia sanitaria.

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