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Xinzo, Viveiro y Arteixo suspenden actividades deportivas y cierran hostelería, gimnasios, cines y museos

Tres municipios gallegos, Xinzo, Viveiro y Arteixo, entrarán en la madrugada del miércoles al jueves en un nivel especial de restricciones que abarca la suspensión de actividades recreativas y deportivas y el cierre de toda la actividad no esencial, incluida la hostelería, así como la prohibición de reunirse con personas no convivientes, para tratar de frenar la evolución "explosiva" que tiene la covid-19 en estas áreas.

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Un bar cerrado en Xinzo de Limia, Ourense.

Tres municipios gallegos, Xinzo, Viveiro y Arteixo, entrarán en la madrugada del miércoles al jueves en un nivel especial de restricciones que abarca la suspensión de actividades recreativas y deportivas y el cierre de toda la actividad no esencial, incluida la hostelería, así como la prohibición de reunirse con personas no convivientes, para tratar de frenar la evolución "explosiva" que tiene la covid-19 en estas áreas.

Así, la Xunta ha publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG) el decreto que desgrana estas restricciones y las del resto de la comunidad y que incluye el anexo de actividades que deberán permanecer cerradas en Xinzo, Viveiro y Arteixo mientras dure esta situación.

En él se incluye la suspensión en estos tres municipios de espectáculos públicos cinematográficos, teatrales, musicales o deportivos, ferias o circos, así como de actividades deportivas, de ocio o de entretenimiento.

También deberán cerrar al público cines, teatros, auditorios, recintos feriales, estadios, pabellones deportivos, gimnasios, piscinas de competición o de uso recreativo, museos, bibliotecas o salas de conferencias, entre otros. Al igual que el resto de municipios con restricciones, tampoco podrán operar casinos, salones de juego, tiendas de apuestas, locales de ocio nocturno o espacios de ocio infantil.

En cuanto a los establecimientos de restauración y hostelería, deberán permanecer totalmente cerrados al público en Xinzo, Viveiro y Arteixo, aunque podrán mantener el servicio de recogida o de entrega a domicilio, que se extenderá hasta las 24.00 horas.

Esta limitación no opera, no obstante, para los establecimientos de restauración ubicados en centros sanitarios o de trabajo que limiten su actividad a los trabajadores o, en el caso de hospitales, a acompañantes de personas ingresadas. En este caso, no podrán superar el 50% de ocupación y el consumo en el local será únicamente en mesa, manteniendo la distancia de seguridad.

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