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Confirmada la anulación de las elecciones del Colegio de Farmacéuticos de Pontevedra de 2018 por irregularidades

La entidad deberá repetir los comicios en el plazo máximo de dos meses desde que la sentencia sea firme

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La entidad deberá repetir los comicios en el plazo máximo de dos meses desde que la sentencia sea firme

La sección segunda de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra que anuló las elecciones a la junta de gobierno del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Pontevedra celebradas en enero de 2018.

La entidad colegial deberá repetir los comicios en el plazo máximo de dos meses desde que la sentencia, contra la que cabe presentar recurso, sea firme.

En la resolución, la sala considera acreditado, al igual que el juzgado de primera instancia, que se permitió que terceros "transportasen en mano y depositasen presencialmente en las sedes colegiales sobres del voto por correo con base en unas instrucciones carentes de rango normativo y de aprobación oficial por el colegio".

Parte de esos sobres fueron transportados y entregados por la cooperativa de farmacéuticos Cofano y no por el servicio postal de Correos ni por entidades de mensajería equivalentes.

"No se puede considerar transparente ni conforme a las normas que rigen las garantías del proceso electoral que se utilice una empresa que no cumple los requisitos legales para prestar este tipo de servicio y cuyos gerentes se presentan a las elecciones", recalcan los magistrados.

"EMPRESA AL SERVICIO DE LOS GERENTES"
Al respecto, indican que la empresa utilizada "no es una empresa de mensajería oficial, sino al servicio de una empresa cuyos gerentes son candidatos, habiendo organizado el servicio, y ello aunque no se haya dirigido prueba a acreditar que se hubieran manipulado los votos".

Así las cosas, el TSXG concluye que "la transparencia exigible no se ha respetado". Los magistrados insisten en que no puede aceptarse "la posibilidad de que terceros no habilitados legalmente pudieran transportar y depositar en las sedes colegiales los votos por correo", de lo que deducen "la vulneración de la libertad de voto y las irregularidades en el voto por correo".

En las elecciones, a las que se presentaron tres candidatos, se contabilizaron 265 votos presenciales y 492 por correo, por lo que el TSXG resalta el "carácter determinante en el resultado de las elecciones" del sistema de votación.

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