#Claves de la semana

Acepta pagar multas por 1.080 euros por enviar imágenes sexuales por redes sociales a un menor en Vigo

Un hombre acusado de dos delitos contra la libertad sexual por enviar imágenes con contenido pornográfico a un menor a través de redes sociales ha aceptado la condena impuesta por la sala de lo Penal número 3 de Vigo, que ha sido de dos multas que suman 1.080 euros.

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Un hombre acusado de dos delitos contra la libertad sexual por enviar imágenes con contenido pornográfico a un menor a través de redes sociales ha aceptado la condena impuesta por la sala de lo Penal número 3 de Vigo, que ha sido de dos multas que suman 1.080 euros.

Así se ha confirmado este martes en la vista celebrada tras un acuerdo de conformidad entre las partes. La sentencia, que ya ha sido declarada firme, también recoge que el acusado deberá indemnizar en 1.500 euros al menor por daños morales y, de hecho, el hombre ya ha consignado tanto el importe de la multa como la indemnización.

Según el escrito de acusación de la Fiscalía, el procesado contactó con un menor a través de una red social en mayo del año pasado. El menor se hizo pasar por una chica de 15 años, mientras que el acusado afirmó tener 35 años.

A lo largo de dos semanas ambos mantuvieron contacto a través de esa red y el acusado, creyendo que conversaba con una joven, le pidió que le enviase fotos desnuda, y mantuvo con el menor (de 13 años de edad) diálogos sobre sexo explícitos, llegando a simular que mantenía relaciones sexuales con su interlocutor. El acusado también pidió a la supuesta chica que fuera con él a la playa, y le instó a intercambiarse fotos desnudos por WhatsApp.

Posteriormente contactó con la víctima a través de Twitter y le envió un vídeo con escenas explícitas de sexo entre adultos, así como un enlace para ver una cuenta de Twitter con contenido pornográfico.

El procesado tiene antecedentes médicos por una minusvalía congénita con cardiopatía, alteraciones óseas y discapacidad intelectual, con un coeficiente intelectual normal-bajo y limitaciones comunicativas y cognitivas que afectan a sus capacidades de manera leve. Por eso se le aplica la circunstancia atenuante de anomalía psíquica.

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