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Un juzgado de A Coruña ve causas para la aplicación del ERTE de Xeal entre septiembre de 2020 y febrero de 2021

El Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña ha desestimado íntegramente la demanda de conflicto colectivo interpuesta por los sindicatos CIG, UGT, CGT Y USO contra el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) aplicado por Xallas Electricidad y Aleaciones (Xeal) entre septiembre del 2020 y febrero de 2021, según informa la compañía.

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El Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña ha desestimado íntegramente la demanda de conflicto colectivo interpuesta por los sindicatos CIG, UGT, CGT Y USO contra el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) aplicado por Xallas Electricidad y Aleaciones (Xeal) entre septiembre del 2020 y febrero de 2021, según informa la compañía.

En un comunicado, explica que la sentencia, de fecha 16 de abril, desestima íntegramente la demanda contra el ERTE aplicado por la compañía al entender "que concurren causas para su aplicación y da por probado que la representación legal conocía toda la información necesaria en el momento de la negociación".

"Quedando acreditado que la empresa ha intentado realmente que el impacto de las suspensión de contratos de trabajo fuera de menor intensidad al que se pactó".

"No aplicando el ERTE en el año 2019 y retrasando su aplicación hasta septiembre de 2020 y con una afectación para los trabajadores muy por debajo del límite máximo pactado en el centro de trabajo que nos ocupa por lo que la decisión empresarial, bajo mi punto de vista, no puede ser declarada nula ni injustificada", recoge el fallo, según informa la empresa.

Recientemente, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) declaró "nulo" el expediente de regulación de empleo (ERTE) que la empresa Xallas Electricidad y Aleaciones (Xeal), antigua Ferroatlántica, aplicó a 213 trabajadores de sus fábricas de Cee y Dumbría y las centrales hidroeléctricas el año pasado.

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