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El TSXG avala la anulación de la matrícula en la USC de un joven que se inscribió con notas presuntamente irreales de la EBAU

Los magistrados no evalúan si el estudiante, original de Úbeda (Jaén), tuvo intención de falsear las calificaciones o fue un error


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Escuela de Enfermeru00eda del Campus de Lugo
Archivo - Escuela de Enfermería del Campus de Lugo / Foto: Google Street View

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha avalado que la Universidade de Santiago de Compostela anulase la matrícula de un joven de la localidad jienénse de Úbeda, después de que este, al realizar la preinscripción, introdujese una nota de selectividad más alta de la que realmente tenía.

 

A pesar de que en la sentencia, emitida el pasado 4 de octubre, no consta acreditado que el estudiante haya falseado las notias, sí es cierto que la calificación introducida en el sitema Nerta, utilizado para el proceso de presinscripción de alumnado en el Sistema Universitario de Galicia, que era de un 11,388, y por la que en un principio logró entrar en el Grado en Enfermería del Campus de Lugo, no se corresponde con la nota real de su expediente en la ABAU, de un 9,372.

 

El TSXG ha confirmado una sentencia previa del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Santiago, que anulaba la matrícula y desestimaba una indemnización que solicitaba el joven y que ascendía a más de 35.000 euros, al sumar daños morales, los desplazamientos hasta Santiago y el suelo de un enfermero de un año, que equivaldría a unos 28.600 euros.

 

El caso se remonta al curso 2021/2022, cuando este estudiante se sometió a las pruebas de la ABAU y obtuvo una nota de 9,372, al sumar 7,274 de la fase general con otros 2,094 puntos de la parte específica. El alumno solicitó plaza en universidades de varias comunidades autónomas, entre ellas la USC.

 

Al no haber realizado la selectividad en Galicia, en el momento de la preinscripción en la plataforma Nerta, las notas no se vuelcan automáticamente, sino que es el propio estudiante el que debe rellenar manualmente las notas obtenidas. Esta se trata de una declaración responsable, tal y como recuerda el TSXG en su sentencia, y posteriormente, la universidad es la encargada de comprobar que estos datos sean correctos.

 

Sin embargo, el demandante no admite ni que falsease sus calificaciones ni que cometiese un error. Este joven accedió al Grado en Enfermería de la USC en Lugo con una nota de 11,388, al estar ligeramente por encima de la nota de corte. Así, formalizó su matrícula el 26 de julio de 2021.

 

Sin embargo, el 26 de octubre de ese mismo año, desde el Rectorado de la USC se le notificó el proceso para la anulación de la matrícula. Un mes más tarde, el 26 de noviembre, emitió una resolución en este mismo sentido.

 

Agotada la vía administrativa, el alumno acudió a los tribunales para que se le readmitiera y se le indemnizacse por más de 35.200 euros. Sin embargo, fue desestimado en primera instancia. El joven recurrió la sentencia insistiendo en que "en ningún momento falseó sus calificaciones" y en que él grabó bien su nota en la aplicación Nerta.

 

El TSXG ha confirmado ahora la decisión del juzgado de Santiago porque "no aporta documento alguno que acredite" que las calificaciones que él puso en Nerta sean diferentes que las que aparecen en el expediente administrativo y que provocaron que fuese admitido en la carrera.

 

El alto tribunal gallego no ha entrado a valorar si se falsearon o no las notas, pero sí recalca que "existe una clara discrepancia" entre los números inscritos y las calificaciones reales.

"De las notas que realmente tiene el recurrente, se constata claramente que no alcanza la puntuación necesaria para el Grado de Enfermería en Lugo. El recurrente tiene la obligación de conocer sus notas y de introducirlas correctamente en el sistema", resuelve el TSXG.

Por tanto, el Tribunal Superior de Galicia desestima su recurso y confirma la no admisión de este joven de Úbeda, que además deberá pagar las costas del proceso hasta 1.000 euros.

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