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El TSXG confirma la pena de seis años de cárcel a tres condenados por tráfico de drogas en Ourense

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense contra tres condenados por tráfico de drogas a los que el tribunal provincial había impuesto en diciembre de 2023 penas de 6 años de prisión.

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense contra tres condenados por tráfico de drogas a los que el tribunal provincial había impuesto en diciembre de 2023 penas de 6 años de prisión.

La sentencia del juzgado ourensano condenaba a cinco personas al considerar probado que uno de los procesados había sido sorprendido en septiembre de 2021 en un garaje con más de 35 kilos de hachís. Asimismo, consideraba probado que otro de los procesados, con antecedentes por narcotráfico, se dedicaba también a la distribución de drogas.

En concreto, este acusado había sido interceptado en diciembre de 2021 cuando se encontró con otro de los implicados en un párking de una hamburguesería en Sanxenxo, con quien se había citado para comprarle heroína. Se trataba de un vendedor que también fue detenido en ese momento y que llevaba encima 5,4 kilos de heroína.

En el registro de dos viviendas se localizaron otros 140 gramos de heroína y casi un kilo de hachís. Su mujer y su hijo, también acusados, fueron finalmente absueltos al no acreditarse su participación en estos hechos, del mismo modo que un amigo del hijo, que también quedó exculpado.

Por estos hechos, la Audiencia Provincial había impuesto penas de entre 1,5 y 6,5 años de cárcel a los cinco acusados y, a continuación, tres de ellos presentaron recurso ante el TSXG, que ahora lo desestima.

FUNDAMENTOS
Argumenta el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que la sala entiende "en buena lógica" que en el piso que uno de los condenados utilizaba en Sanxenxo en días previos a la operación fueron encontradas unas anotaciones en las que se aludía a 5,5 kilos de heroína o "dar 3.000 euros", una suma que portaba el implicado.

El acusado negó que la nota fuese suya, afirmando que a la casa accedían más personas. Con todo, el tribunal cree que "no resulta creíble tal exculpación al ser notoria la coincidencia apreciada". En este sentido, incluso subraya que lo que entiende la Audiencia de Ourense es "de puro sentido común".

Además, justifica la pena de seis años de prisión por añadirse la agravante de reincidencia y no apreciarse atenuante alguna. También desestima el recurso que señalaba que se habían obtenido pruebas ilícitas.

Por otra parte, en el caso de las otras dos personas, el TSXG concluye que no se cumplen las exigencias para otorgar atenuación alguna a su pena por "una confesión infecunda".

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