El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado este miércoles el decreto que regula el régimen jurídico y registro de un total de 52 montes de varas ---también denominados de voces, 'abertais', de vocerío o de fabeo--, una figura originaria del derecho romano por la cual los montes pertenecen en pro indiviso a varios copropietarios que se reúnen periódicamente para repartirse porciones de terreno para su aprovechamiento privativo.
Estos terrenos tiene relevancia económica, social y ambiental en Galicia para la explotación y aprovechamiento tanto forestales como agrícolas. Este decreto busca recoger una demanda histórica de las comunidades que tienen por objeto los montes de varas para otorgarles seguridad jurídica en organización y funcionamiento.
En total, la superficie que ocupan es de 11.255 hectáreas. La gran mayoría están en la provincia de Lugo, en donde se sitúa el 92,3% de la superficie.
Las asignaciones de estos montes se dividen en función del número de titulares que haya y su adjudicación se decide habitualmente por sorteo. Tradicionalmente, los aprovechamientos de pastos y leña eran usados por todas las personas comuneras, pero a la hora de hacer rozas a cada casa de la aldea les adjudicaban las varas que les correspondían.
A diferencia de los montes vecinales, aquí el copropietario tiene libertad de transmitir sus cuotas en todo o en parte, por cualquier título o negocio jurídico transmisivo, siendo posible la división de estas tierras y la consecuente extinción de la copropiedad según costumbre.
El decreto está dividido en seis capítulos principales conformados por 30 artículos, seis disposiciones y varios anexos. Se regula su régimen jurídico y de las comunidades de copropietarios, el registro administrativo y diferentes cuestiones de aprovechamiento forestal.