Publicado el decreto que regula el régimen jurídico de los más de 50 montes de varas gallegos

El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado este miércoles el decreto que regula el régimen jurídico y registro de un total de 52 montes de varas ---también denominados de voces, 'abertais', de vocerío o de fabeo--, una figura originaria del derecho romano por la cual los montes pertenecen en pro indiviso a varios copropietarios que se reúnen periódicamente para repartirse porciones de terreno para su aprovechamiento privativo.

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El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado este miércoles el decreto que regula el régimen jurídico y registro de un total de 52 montes de varas ---también denominados de voces, 'abertais', de vocerío o de fabeo--, una figura originaria del derecho romano por la cual los montes pertenecen en pro indiviso a varios copropietarios que se reúnen periódicamente para repartirse porciones de terreno para su aprovechamiento privativo.

Estos terrenos tiene relevancia económica, social y ambiental en Galicia para la explotación y aprovechamiento tanto forestales como agrícolas. Este decreto busca recoger una demanda histórica de las comunidades que tienen por objeto los montes de varas para otorgarles seguridad jurídica en organización y funcionamiento.

En total, la superficie que ocupan es de 11.255 hectáreas. La gran mayoría están en la provincia de Lugo, en donde se sitúa el 92,3% de la superficie.

Las asignaciones de estos montes se dividen en función del número de titulares que haya y su adjudicación se decide habitualmente por sorteo. Tradicionalmente, los aprovechamientos de pastos y leña eran usados por todas las personas comuneras, pero a la hora de hacer rozas a cada casa de la aldea les adjudicaban las varas que les correspondían.

A diferencia de los montes vecinales, aquí el copropietario tiene libertad de transmitir sus cuotas en todo o en parte, por cualquier título o negocio jurídico transmisivo, siendo posible la división de estas tierras y la consecuente extinción de la copropiedad según costumbre.

El decreto está dividido en seis capítulos principales conformados por 30 artículos, seis disposiciones y varios anexos. Se regula su régimen jurídico y de las comunidades de copropietarios, el registro administrativo y diferentes cuestiones de aprovechamiento forestal.

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