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Los productores de jurel procedente del cerco en Galicia tendrán un límite máximo de 750 kilogramos/día

Los productores que desembarque y comercialicen jurel procedente del cerco en las divisiones 8c y 9a en Galicia tendrán un limite máximo de 750 kilos por tripulante y día. La orden entrará en vigor este jueves, día después de su publicación en el DOG.

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Los productores que desembarque y comercialicen jurel procedente del cerco en las divisiones 8c y 9a en Galicia tendrán un limite máximo de 750 kilos por tripulante y día. La orden entrará en vigor este jueves, día después de su publicación en el DOG.

Así, esta es una extensión de la norma de la Asociación de Armadores de Cerco de Galicia (Acerga OPP-82), según ha recogido el DOG de este miércoles.

De esta forma, la prolongación de la mencionada norma será de aplicación a partir de la fecha de la entrada en vigor de la orden y a partir de ese momento la duración de la aplicación de la extensión será de diez meses.

Con todo, si Acerga acuerda derogar o dejar sin efecto esta norma antes de que finalice el período de diez meses, deberá ponerlo "inmediatamente" en conocimiento de la Consellería do Mar.

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