Condenado a 3 años de cárcel por atacar con un cuchillo a su pareja en Lugo porque su intención "no era matarla"

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a tres años de cárcel a un hombre que golpeó y atacó con un cuchillo a su pareja en Burela (Lugo), descartando que sea culpable de un intento de homicidio, dado que su intención "no era matarla".

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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a tres años de cárcel a un hombre que golpeó y atacó con un cuchillo a su pareja en Burela (Lugo), descartando que sea culpable de un intento de homicidio, dado que su intención "no era matarla".

Fiscalía pedía inicialmente para él más de 9 años de prisión, argumentando que había intentado matar a su pareja. Finalmente, ha sido condenado por un delito agravado de lesiones.

El tribunal concluye en la sentencia que la intención inicial del acusado "no era matar a su expareja, aunque sí amenazarla y coaccionarla", así como que para hacerlo se valió de un cuchillo "de importante tamaño, con el cual le causó el corte en la parte baja de la nariz, como era previsible que ocurriese, y así lo aceptó él, ante la reacción de ella de intentar quitárselo o escapar".

Además, según el relato de la Sala, "durante el forcejeo y por el afán de huida por parte de ella, él la golpeó contundentemente y le produjo la contusión en región frontal izquierda y una herida contusa en región malar izquierda por mordedura".

En la resolución, los jueces consideran probado que la víctima también sufrió varias heridas inciso contusas en dedos de la mano izquierda, en los intentos de agarrar el cuchillo, y una erosión en el hombro izquierdo.

Los magistrados tienen en cuenta como circunstancia agravante el empleo de arma peligrosa para la vida o salud de la víctima, un cuchillo grande, así como la concurrencia de la circunstancia de que mantenían una relación de afectividad.

En la sentencia, la Audiencia explica que, aunque la declaración de la víctima reúne "las garantías precisas de credibilidad" y haya sostenido que cree que la intención de su expareja era "matarla, clavarle el cuchillo o cortarle el cuello", la cuestión a determinar es "si de su explicación y circunstancias objetivas acreditadas se puede extraer que realmente fue así".

De esta forma, concluye que el hombre tuvo "ocasión y tiempo para atacarla si lo hubiera planeado, pero no lo hizo", al tiempo que indica que "el hecho de llegar él al baño con el cuchillo no significa necesariamente que su intención fuese matar a la mujer". En el fallo también afirma que, "aunque la desproporción de fuerzas entre ellos es evidente, no hubo un golpe tan fuerte y lesivo como para evidenciar que lo que él quería era matarla".

La Audiencia Provincial considera acreditado que el acusado, conocedor de que la víctima tenía intención de mudarse con la hija de ambos a Suiza y de que estaba preparando los trámites, "cogió un cuchillo en la cocina y se dirigió al baño, en donde la mujer se encontraba preparándose para irse a trabajar y, al verle ella y preguntarle qué era lo que estaba haciendo, le respondió que la iba a matar". El tribunal estima que en la declaración de la víctima concurren las garantías necesarias para dotarla de credibilidad.

La Audiencia ha emitido un auto en el que ha acordado reformar la situación personal del condenado en esta causa, en el sentido de acordar su libertad, sin perjuicio de la posterior ejecución de la sentencia, con obligación de comparecer cuantas veces fuere llamado, pues considera no hay motivo alguno para entender que concurra un riesgo de fuga superior a cualquier otro penado.

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