El Sergas deberá pagar el permiso parental no retribuido a una especialista de Ferrol tras aplicar una directiva europea

Un juzgado estima la demanda de una facultativa que disfrutó dos semanas de permiso parental en 2024 sin salario

|

Un juzgado estima la demanda de una facultativa que disfrutó dos semanas de permiso parental en 2024 sin salario

FERROL, 2 (EUROPA PRESS)
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ferrol ha dictado una sentencia pionera que obliga al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a abonar el salario correspondiente a dos semanas de permiso parental disfrutadas por una facultativa especialista del área sanitaria de Ferrol, entre junio y septiembre de 2024.

La resolución, que estima íntegramente la demanda, anula la desestimación expresa de la Administración autonómica y reconoce el derecho de la trabajadora a percibir la remuneración que no cobró durante su permiso.

La demandante solicitó en marzo de 2025 el abono de las dos semanas de permiso parental para el cuidado de su hijo menor de ocho años, periodos que habían sido autorizados pero no retribuidos. Tras un doble silencio administrativo y la posterior denegación expresa por parte del Sergas, recurrió a la vía judicial.

El magistrado fundamenta su decisión en una directiva europea, de conciliación de la vida familiar y profesional, que establecía la obligación de los Estados miembros de garantizar que al menos dos de los cuatro meses de permiso parental fueran retribuidos.

El plazo para transponer esta parte finalizaba el 2 de agosto de 2024, pero España no había completado la adaptación normativa en la fecha en que la facultativa solicitó su derecho.

OTROS CASOS
El juzgado recuerda que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya había condenado a España a pagar una multa de más de 6,8 millones de euros y una sanción diaria de 19.700 euros por el incumplimiento de esta directiva. Asimismo, subraya que ni el Estado ni la Comunidad Autónoma de Galicia habían regulado el carácter retribuido del permiso parental en el momento del disfrute.

La Xunta alegó que la retribución ya estaba cubierta mediante la ampliación del permiso de nacimiento y cuidado del menor regulada en un real decreto que entró en vigor el 31 de julio de 2025. Sin embargo, el tribunal rechaza este argumento porque la disposición transitoria de dicha norma limita su aplicación a los hechos causantes producidos a partir del 2 de agosto de 2024, y el hijo de la demandante había nacido antes de esa fecha.

Además, el juzgado señala que la ley gallega de empleo público sigue manteniendo el permiso parental como no retribuido, lo que evidencia la persistencia del incumplimiento normativo.

Es por ello que el magistrado aplica la consolidada doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el efecto directo de las directivas no transpuestas en plazo cuando reconocen derechos claros, precisos e incondicionales, y la relación es vertical. Aunque existe controversia judicial, el juzgado ferrolano se alinea con la mayoría de los juzgados de lo Contencioso-Administrativo que sí lo han admitido para empleados públicos.

"No puede la Administración autonómica, de la que depende directamente la demandante, ampararse en su inactividad o en la inactividad del Estado español", concluye la sentencia, que condena al Sergas a abonar a la facultativa el salario que hubiera percibido de no haber disfrutado el permiso, más los intereses legales.

La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), supone un importante precedente para otros empleados públicos gallegos y de otras comunidades autónomas que hayan disfrutado de permiso parental sin retribución durante el periodo de incumplimiento normativo.

Última hora

Sin comentarios

Escribe tu comentario




He leído y acepto la política de privacidad

No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Última hora
Cabeceralomasleido 1
Cabecerarecomendados 1

Galiciapress
Plaza de Quintana, 3 15704 Santiago de Compostela
Tlf (34)678803735

redaccion@galiciapress.es o direccion@galiciapress.es
RESERVADOS TODOS LOS DERECHOS. EDITADO POR POMBA PRESS,S.L.
Aviso legal - Política de Cookies - Política de Privacidad - Configuración de cookies - Consejo editorial - Publicidad
Powered by Bigpress
CLABE