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El Tribunal resolverá antes del 9 de febrero si excluye a la Infanta del Juicio

Durante la primera jornada del juicio por el caso Nóos, la defensa de la Infanta Cristina y la fiscalía se centraron en solicitar la aplicación de la doctrina Botín, evitando que sea juzgada. A los argumentos de los letrados se unió un nuevo informe presentado por el fiscal y admitido por el Tribunal, que refuerza su tesis de que no se puede asumir responsabilidades penales por el mero hecho de ser socios de una empresa utilizada para defraudar a Hacienda. 



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El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Baleares, encargado de juzgar a la Infanta Cristina y a los otros 17 procesados del caso Nóos, resolverá antes del 9 de febrero si aplica la doctrina Botín sobre la hermana del Rey Felipe VI y evita de este modo que sea juzgada por los dos delitos fiscales que le atribuye Manos Limpias. Ello no ha impedido, sin embargo, que en esta primera jornada del juicio, celebrada este lunes, se sentase en el banquillo de los acusados.


La sesión ha finalizado a las 22.00 tras más de diez horas, durante las cuales las partes han aportado nuevas pruebas y han dado a conocer sus propuestas. Justo al término de la jornada, la Sala ha informado a las partes de que será antes del 9 de febrero cuando se reanude el juicio con el interrogatorio de los acusados, cuando decida si atiende a la petición de la defensa de la Infanta y la Fiscalía Anticorrupción de que le sea aplicada la anterior doctrina.


Durante su intervención, el fiscal Pedro Horrach ha subrayado que "la única respuesta judicial posible" para la Infanta es el archivo de su imputación, al aseverar que "la Fiscalía, que representa al Estado, y Hacienda, aquí supuestamente perjudicada, han determinado que no hay hechos que la inculpen". Asimismo, ha subrayado que "no es posible orillar" la aplicación de la Ley en este sentido "amparándonos en la manida frase 'Hacienda somos todos'".


Más en concreto, se ha referido al artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que insta a archivar las pesquisas para quien así lo solicitan Fiscalía y acusación particular. De hecho, tal y como ha abundado, el artículo 124 de la Constitución "otorga al Ministerio Fiscal la misión de defender la legalidad, y ello incluye el cumplimiento del artículo 782 de la LeCrim en sus estrictos términos".


Para reforzar sus alegatos, el fiscal ha expuesto un caso "idéntico" al de la Infanta, en el que la Audiencia Provincial de Vizcaya determinó que la acusación popular no podía por sí sola abrir el juicio oral contra las personas que no eran objeto de acusación ni por el Ministerio Fiscal ni por la acusación particular a raíz de la supuesta comisión de un delito contra la Hacienda pública.


Por su parte, el abogado Jesús María Silva, defensor de doña Cristina, ha solicitado en esta misma línea que le sea aplicada a su patrocinada la "jurisprudencia consolidada" del Tribunal Supremo en torno a la doctrina Botín, y ha solicitado la nulidad de la apertura del juicio oral contra la Infanta, dictado por el juez José Castro en diciembre de 2014, al aseverar que Manos Limpias "no puede sostener en solitario la acusación contra Doña Cristina".


El letrado ha reclamado así que se dicte el archivo de la imputación de la mujer de Iñaki Urdangarin y, en esta línea, ha apuntado que, "para evitar que se vulnere la Ley, no pedimos que se aplique la doctrina Botín, sino la jurisprudencia consolidada del TS al respecto".


"No es posible que Manos Limpias supla el conocimiento ni la voluntad del perjudicado", ha remarcado Horrach, quien ha aseverado tajante que el Derecho penal "no está para discutir sobre pátinas, fachadas o pelajes" puesto que "las apariencias sólo son poses y espejismos".


Horrach ha aportado asimismo un nuevo informe que refuerza su tesis acerca de que no se puede trasladar al ámbito penal el papel de la Infanta al frente de la mercantil Aizoon, a través de la cual su marido, Iñaki Urdangarin, habría defraudado a Hacienda en 2007 y 2008.


Tal y como ha expuesto el fiscal, el informe, elaborado por la jefa de la Unidad Central de Coordinación en materia de Delitos contra Hacienda, Caridad Gómez, avala el hecho de que "no se puede trasladar al ámbito penal lo que no supone una infracción administrativa".

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