El BOE publica la ley para desgravar material escolar en efectivo
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este viernes la ley para desgravar material escolar en efectivo, que el Parlamento gallego aprobó a finales del pasado mes de febrero.
La norma, incluida en la ley de medidas fiscales y administrativas, establecía como requisito que el pago se realizase mediante medios electrónicos, excluyendo explícitamente las transacciones realizadas en metálico, algo que tomó por sorpresa a familias gallegas.
El conselleiro de Facenda, Miguel Corgos, explicó en el pleno de la Cámara autonómica que la excepción será solo este año, ya que, tal y como ha justificado, el hecho de que la deducción no puede realizarse en efectivo "obedece a la necesidad" de que el pago "tiene que estar registrado con medios que permitan verificar la veracidad de la transacción".
La ley que este viernes publica el BOE recoge así que "con carácter excepcional, dado que la norma fue publicada a finales de 2025 y con la finalidad de no perjudicar a quienes realizaron el gasto en material escolar y libros de texto en el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2025 en dinero de curso legal, al desconocer que no se iba a admitir como medio válido para acreditarlo, procede modificar la disposición adicional quinta de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas".
Y dicha modificación se hace "para admitir ese medio de pago para la aplicación de la deducción por la adquisición de libros de texto y material escolar en la cuota íntegra autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas aplicable en el período impositivo 2025".
"De este modo, con carácter excepcional y por los motivos expuestos, se permite el pago en dinero de curso legal de los gastos en material escolar y libros de texto en el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2025", indica.
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