Xunta prolonga el sufrimiento de familia al recurrir sentencia de acoso escolar que les dio 9.000€
La administración gallega recurre en casación una sentencia que la obliga a pagar 9.000 euros a la familia de un menor víctima de bullying en un colegio coruñés, aduciendo motivos formales mientras el tribunal ya reconoció fallos graves en el protocolo de acoso.
La Xunta de Galicia ha interpuesto un recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo contra la sentencia del 23 de enero de 2026, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que la condenaba a indemnizar con 9.000 euros a los padres de un menor acosado durante el curso 2022/2023 en un centro educativo de la provincia de A Coruña. La decisión de recurrir ha sido duramente criticada por el abogado de la familia, que considera que la Xunta prefiere prolongar el calvario judicial de los afectados antes que asumir sus propias carencias.
El caso llegó a los tribunales tras años de gestiones infructuosas. Los progenitores del menor acudieron primero al centro escolar, luego a la Inspección educativa y finalmente a la propia Consellería de Educación, sin obtener una respuesta satisfactoria. Fue entonces cuando encargaron la defensa al abogado especialista en Derecho Administrativo Cristóbal Dobarro Gómez, quien interpuso el recurso contencioso-administrativo que culminó en la condena al ejecutivo gallego.
Un protocolo que no funcionó
Entre los hechos probados de la sentencia constan datos que evidencian la ineficacia de la actuación institucional: el responsable de las indagaciones previas concluyó que no había indicios de acoso, pese a que simultáneamente reconoció que el menor había sufrido burlas y agresiones físicas. Ningún psicólogo evaluó al alumno y la persona designada por el centro como apoyo a la víctima no cumplió sus funciones en ningún momento, sin que conste en el expediente administrativo la más mínima intervención por su parte.
El TSXG fue contundente en su análisis: las medidas adoptadas por el colegio no constituyeron "una respuesta completa, suficientemente eficaz para contestar a la situación creada". El tribunal subrayó, además, la existencia de una actuación "poco coordinada, errática, hasta improvisada" durante la tramitación del protocolo, tanto en la fase de investigación como en la aplicación de las medidas de acompañamiento al menor, quien finalmente tuvo que cambiar de centro al curso siguiente.
La Sección Tercera del TSXG estimó parcialmente el recurso de los padres y reconoció la responsabilidad patrimonial de la administración educativa, fijando una indemnización de 9.000 euros por los daños sufridos por el menor. Los magistrados precisaron que, aunque no cabía declarar formalmente la existencia de acoso escolar dado que la resolución administrativa de noviembre de 2023 era firme y consentida, sí resultaba acreditada una actuación deficiente capaz de generar un daño real al niño.
Ahora, lejos de asumir ese veredicto, la representación letrada de la Xunta ha optado por el recurso de casación. El propio despacho de Dobarro Gómez advierte de que dicho recurso no cuestiona los hechos probados, sino que se apoya exclusivamente en argumentos de naturaleza formal. La crítica del abogado es directa: no parece la mejor manera de combatir el acoso escolar que la administración autonómica, en lugar de reconocer sus carencias, obligue a la familia afectada a afrontar nuevos, costosos y desgastantes trámites en un asunto tan sensible.
El Tribunal Supremo deberá ahora decidir si admite a trámite el recurso de casación. Si lo hace, la familia iniciará una nueva etapa procesal de duración incierta, con todo lo que eso implica en términos económicos y emocionales para unos padres que llevan años reclamando que se reconozcan las consecuencias del acoso sufrido por su hijo. La Consellería de Educación no ha realizado declaraciones públicas sobre las razones que motivaron la decisión de recurrir la sentencia.
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