Estado y Xunta se pelearán en los tribunales por la eólica y la dependencia

El Ejecutivo de Pedro Sánchez ha dado un nuevo paso en su pulso con la Xunta al aprobar en el Consejo de Ministros el recurso de inconstitucionalidad contra dos artículos de la Lei de Medidas Fiscales e Administrativas de Galicia, normativa que acompañó a los Orzamentos autonómicos de 2024 y que incluye, entre otros, los cambios en el desarrollo eólico y la simplificación de trámites para personas en situación de dependencia.


 


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Trabajos repotenciación parque eólico Monte Redondo, ubicado en el municipio coruñés de Vimianzo.
Trabajos repotenciación parque eólico Monte Redondo, ubicado en el municipio coruñés de Vimianzo.


 

La decisión de recurrir a la máxima instancia judicial del país no ha sido una sorpresa. El propio presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, ya anticipaba este movimiento, defendiendo la legalidad y la necesidad de sus normas. El recurso del Ejecutivo de Pedro Sánchez solicita la suspensión inmediata de los preceptos impugnados, lo que paralizaría su aplicación hasta que el tribunal se pronuncie sobre el fondo del asunto, afectando directamente a la planificación energética y a la simplificación de trámites para personas vulnerables en la comunidad.

 

Esta confrontación llega después de un intento de negociación fallido. Ambas administraciones activaron una Comisión Bilateral para dirimir sus diferencias sobre siete artículos de la ley gallega. Si bien se alcanzó un acuerdo parcial sobre cinco de ellos, que la Xunta se comprometió a modificar, las posturas sobre los dos artículos más polémicos, el 30 y el 45, resultaron irreconciliables. El Gobierno central recalca que se ha solventado más del 70% de la controversia mediante el diálogo, pero la falta de consenso en los puntos restantes ha abocado al conflicto judicial.

 

Invasión de competencias

 

El primer gran punto de fricción es la nueva regulación del sector eólico. El Gobierno de Sánchez, con el dictamen favorable del Consejo de Estado, argumenta que el artículo 30 de la norma gallega es incompatible con la legislación estatal sobre el sector eléctrico. En concreto, se cuestiona la capacidad que se otorga la Xunta para realizar una zonificación del territorio para usos eólicos, una técnica que, según Moncloa, excede la simple ordenación territorial y está reservada por el Tribunal Constitucional a instrumentos muy concretos y justificados por un interés general superior, como la protección del medio ambiente.

 

 

 

Otro aspecto controvertido es la regulación de la repotenciación de los parques eólicos. La ley gallega obliga a sustituir un número determinado de aerogeneradores por otros más potentes pero en menor número. Para el Gobierno central, esta previsión se hace al margen de la normativa básica estatal, contraviniendo las bases del sector eléctrico al imponer condiciones y plazos que colisionan con el derecho estatal, como impedir el inicio de las obras antes de dieciocho meses.

 

La Xunta, por su parte, ha defendido su reforma como un paso imprescindible para ordenar el desarrollo del sector, dar seguridad jurídica a las inversiones y avanzar en la transición energética. El objetivo del gobierno gallego es priorizar la modernización de los parques ya existentes, haciéndolos más eficientes y con menor impacto paisajístico, una estrategia que considera fundamental para el futuro energético de Galicia.

 

Un choque político recurrente

 

El segundo artículo llevado ante el tribunal, el 45, busca simplificar la burocracia para las personas dependientes. La norma gallega pretende vincular el reconocimiento de un grado de dependencia con la obtención automática de un determinado porcentaje de discapacidad, agilizando así el acceso a ayudas y prestaciones. El presidente Alfonso Rueda había calificado esta medida como “fundamental” dentro de su plan de choque para agilizar las ayudas sociales y evitar un doble calvario administrativo a las familias.

No obstante, el Ejecutivo central ve en este movimiento una invasión de sus competencias para regular las condiciones básicas de igualdad de todos los españoles y la legislación sobre el régimen económico de la Seguridad Social. La Xunta ya había admitido que este cambio tendría efectos en la recaudación fiscal del Estado, debido a las deducciones que corresponderían a las personas a las que se les reconozca esa discapacidad de forma automática.

Desde el gobierno autonómico, la medida se ha presentado siempre como un avance social, enfocado exclusivamente en el bienestar del ciudadano, mientras que el Estado la interpreta como una alteración de un marco normativo que debe ser común para todo el territorio nacional, garantizando la equidad en el acceso a los derechos.

 

La sombra de la Ley del Litoral

Este nuevo enfrentamiento judicial no es un hecho aislado, sino que se enmarca en la constante lucha política y competencial entre el gobierno gallego del Partido Popular y el ejecutivo de coalición de izquierdas en Madrid durante los últimos cinco años. Los choques por el alcance de las respectivas competencias han sido una constante en materias como educación, sanidad o infraestructuras.

 

El precedente más reciente y significativo es el de la Ley del Litoral de Galicia. El Gobierno central también la recurrió al Constitucional por motivos competenciales similares, pero el tribunal falló hace unos meses a favor de la Xunta, avalando la capacidad de la comunidad para gestionar su costa. Esta victoria judicial ha envalentonado al gobierno gallego, que ve en este nuevo recurso un intento de recentralización por parte de la Moncloa.

 

Queda por ver si, como en el caso de la costa, el Tribunal Constitucional vuelve a dar la razón a las tesis gallegas o si, por el contrario, atiende a los argumentos del Estado sobre la necesidad de preservar una regulación básica y uniforme, especialmente en sectores estratégicos como la energía y la protección social.

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