Condenado a 12 años y 9 meses de cárcel el hombre acusado de agredir sexualmente y lesionar a su expareja en Ourense
El hombre acusado de un delito de agresión sexual y de un delito de lesiones a su expareja en Ourense ha sido condenado a 12 años --por la agresión-- y nueve meses --por las lesiones-- de prisión, después de que la hija de la víctima motivase la investigación tras alertar a una profesora de su colegio de que había escuchado a ambos discutir.
Según se recoge en la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Ourense, el Tribunal ha manifestado su "convicción" con respecto al testimonio de la perjudicada, alegando que es "claro, reiterado, concluyente y digno de crédito", ya que esta "en todo momento ha relatado el ataque sexual que sufrió" a través de un "relato verosímil, creíble y que aparece corroborado por las pruebas documental, pericial y testifical" practicadas en el juicio celebrado el pasado 5 de febrero.
Asimismo, la Sala ha considerado que el hecho de que "pueda atisbarse alguna circunstancia accidental o de detalle que difiera levemente de lo afirmado previamente no comporta variación de su testimonio concluyente y monocorde", recalcando que "no concurre motivo de resentimiento o de animadversión que permita calificar de inveraz la manifestación de la víctima".
En este sentido, los magistrados han valorado como probado, además, que la perjudicada ha sido víctima de una agresión sexual y han señalado que el agresor "atentó contra la libertad sexual" de esta, "a la que abordó de forma violenta" y "en contra de su voluntad procuró satisfacer su apetito lúbrico".
Por todo ello, la Audiencia Provincial ha condenado al acusado a doce meses de cárcel y a la prohibición de acercarse a menos de 500 metros y comunicarse con la víctima durante 7 años por el delito de agresión sexual y a la pena de nueve meses de cárcel, así como a la prohibición de acercarse a menos de 500 metros y comunicarse con ella durante 2 años, con aplicación de la medida de seguridad de libertad vigilada durante siete años.
En este sentido, la Sala ha decretado también el pago de una indemnización de 7.400 euros a su expareja por daños y perjuicios derivados de las lesiones, así como por daños morales.
LOS HECHOS PROBADOS
Tal y como se relata en la sentencia, el condenado --con antecedentes penales-- mantuvo una relación sentimental con la víctima desde finales de diciembre de 2023, llegando ambos a convivir en el mismo domicilio a partir de enero de 2024, en compañía de la hija de la víctima.
Cerca de las 23.00 horas del 13 de abril de 2024, ambos comenzaron a discutir en su domicilio --en el que también se hallaba despierta la menor, en otra habitación-- "por celos de él", después de que este le reprochase que ella "tuviera relaciones con otros hombres". La perjudicada le manifestó entonces al penado su intención de poner fin a la relación. Durante esa discursión, el sentenciado amenazó con tirarse por la ventana, provocando la intervención policial.
Sin embargo, al quedarse solos de nuevo, el condenado, "con ánimo de atentar contra la integridad física" de la víctima, la empujó "fuertemente" contra la cama de la habitación de invitados, diciéndole "aquí tienes que dormir puta zorra" y agarrándola con las dos manos por el cuello asfixiándola.
Asimismo, la zarandeó por los hombros y los brazos mientras le reiteraba "puta zorra" y la apretó con las manos en las mejillas, para continuar empujándola hacia el interior del baño, provocando que ella se golpeara primero la espalda contra la puerta del baño y luego la cabeza y la cadera contra la bañera. Dentro, la obligó a ducharse y, porteriormente, a seguirlo hasta la cama del dormitorio común, "desnuda y mojada", en donde "le introdujo los dedos en la vagina pese al rechazo expreso de aquella".
En este sentido, tal y como ha añadido la Sala, el acusado presentaba un trastorno de la personalidad tipo Cluster que produjo una "leve afectación de su voluntad".
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