La Xunta recuerda a comunidades de montes que deben reinvertir el 10% de sus ingresos en prevención de incendios

La Consellería do Medio Rural recuerda a las comunidades de montes que deben destinar por lo menos el 10% de sus cuotas de reinversión --parte de sus ingresos-- en trabajos de prevención de incendios y en infraestructuras preventivas.

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La Consellería do Medio Rural recuerda a las comunidades de montes que deben destinar por lo menos el 10% de sus cuotas de reinversión --parte de sus ingresos-- en trabajos de prevención de incendios y en infraestructuras preventivas.

En una carta remitida esta misma semana, la Xunta apunta que estas actuaciones "son prioritarias tras la modificación del artículo 125 de la Ley 7/2012, del 28 de junio, de montes de Galicia", que trata de "reafirmar la idea de que la prevención de los fuegos es cosa de todos, empezando por los titulares de los terrenos forestales, que cuentan con el apoyo de la Administración" para ello.

Las cuotas de reinversión son la parte de los ingresos del monte que se debe destinar a la mejora, protección y gestión del propio monte. Por lo tanto, "es una exigencia legal que sirve para garantizar que el monte se conserve, se gestione de forma sostenible y esté protegido, especialmente frente a los incendios forestales", recuerda la Xunta.

Con carácter general, las comunidades de montes vecinales tienen que reinvertir como mínimo el 40% de todos los ingresos que genere el monte anualmente. Con la modificación del citado artículo, por lo menos el 10% de ese 40% se empleará en materia de prevención.

Si el monte tiene un plan de ordenación o gestión aprobado, deberán ejecutarse las actuaciones preventivas que estén previstas en él. El resto de la cuota obligatoria podrá invertirse en hacer o actualizar el plan de ordenación o gestión forestal; en la ejecución de los trabajos previstos en el mismo; o en pagar servicios de gestión forestal, entre otras cuestiones

PLAZOS DE LAS REINVERSIONES
Las comunidades de montes vecinales podrán hacer las reinversiones en la misma anualidad en la que se obtiene el ingreso o en hasta cuatro años después. Los trabajos de gestión de la biomasa y prevención de incendios deben realizarse de forma continua y siempre cumpliendo la normativa de incendios, que recoge un plazo hasta el 31 de mayo de cada año.

Además, la Administración autonómica tiene que estar informada. Concretamente, en el primer semestre de cada año, la comunidad de monte debe comunicar los ingresos obtenidos y las inversiones realizadas en la anualidad anterior.

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