El TSXG confirma la condena de 13 años y medio de prisión para autor del crimen de Coia

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado íntegramente la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Pontevedra para José Luis M.C., a quien un tribunal de jurado halló culpable del delito de asesinato y del delito de tenencia ilícita de armas, por el conocido como crimen de Coia.

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Archivo - Juicio por el crimen de Coia, en Vigo.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado íntegramente la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Pontevedra para José Luis M.C., a quien un tribunal de jurado halló culpable del delito de asesinato y del delito de tenencia ilícita de armas, por el conocido como crimen de Coia.

Así, en una sentencia fechada el 18 de marzo de 2026, el alto tribunal gallego confirma la pena de 12 años y seis meses de prisión por un delito de asesinato y la condena de 1 año de prisión por delito de tenencia ilícita de armas.

De esta forma, los magistrados indican que la pena por el delito de asesinato se aplicó correctamente teniendo en cuenta la concurrencia de tres atenuantes --alteración psíquica, miedo y confesión--, que se encuentra "próxima a la mitad inferior que corresponde, al haber bajado un grado".

En cuanto a la pena por el delito de tenencia ilícita de armas, y no concurriendo circunstancia atenuante alguna procede imponerla pena de 1 año de prisión.

HECHOS PROBADOS
El veredicto del Jurado consideró que el vigués mató a un hombre al que conocía desde hacía años, Francisco Javier B.D., que se presentó en su domicilio en la noche del 6 de abril de 2024, armado con un machete y una barra metálica.

La magistrada presidenta indicó en la sentencia que el acusado le abrió la puerta de su vivienda portando una escopeta, con la que realizó dos disparos, uno de los cuales lo efectuó a menos de un metro de distancia de la víctima, impactando en su mejilla y región cervical izquierda, lo que le causó la muerte.

Tal y como concluyó el jurado, la resolución indicó que el acusado actuó aceptando que podría acabar con la vida de la víctima y sin que ésta tuviera oportunidad de defenderse. Además, los disparos los realizó con una escopeta que tenía en su casa, careciendo de licencia, y con el número de serie borrado, por lo que era un arma prohibida.

En el momento de los hechos, José Luis tenía sus capacidades levemente afectadas por el consumo de cannabis y cocaína y por estar diagnosticado de un trastorno de salud mental.

Asimismo, la Audiencia de Pontevedra señaló que actuó "por pánico o terror tal, ante la presencia de la víctima con un cuchillo y una barra de acero, que limitó levemente su capacidad de actuar de otra manera".

Igualmente, en la sentencia se indica que, cuando ya estaba detenido por la Policía como posible autor de los hechos, el acusado confesó la autoría, lo que contribuyó de forma eficaz a la investigación.

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