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Condenada la gasolinera del polígono de San Cibrao por perseguir a una trabajadora

La CIG denuncia el quebrantamiento del derecho de libertad sindical de la mujer, entre otros

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La justicia condena a una empresa de Ourense a indemnizar a una trabajadora por vulneración de derechos fundamentales

La CIG denuncia el quebrantamiento del derecho de libertad sindical de la mujer, entre otros

La CIG ha ganado una sentencia al complejo empresarial de restaurante y estación de servicio del Polígono de Pereiro de Aguiar (Ourense) por la vulneración a la garantía de indemnidad que contempla que un trabajador no debe temer represalias por el hecho de hacer una reclamación y la infracción del derecho de libertad sindical.

Así lo ha trasladado el secretario comarcal de la CIG de Ourense, Anxo Pérez Carballo, este jueves una rueda de prensa en la que también ha estado presente la trabajadora implicada, Cristina Gómez Conde.

Según ha explicado Anxo Pérez Carballo, los hechos se desencadenan cuando la trabajadora es elegida como delegada de personal y comienza a entablar conversaciones con la empresa para conseguir mejoras establecidas en el convenio y la legislación para todos los empleados.

En este momento, como "represalia" la empresa decide "acorrarlar a la trabajadora y sancionarla con la suspensión de empleo y sueldo durante un mes", han precisado desde la CIG.

Esta sanción no se basa en ningún fundamento y se erige a partir de "una telaraña de mentiras que el empresario obliga a decir al personal recientemente contratado", han apuntado.

"Desde el día uno que empezamos con las elecciones hubo una persecución y acoso diario por parte del empresario", ha señalado la trabajado.

A su vez, Cristina Gómez ha señalado que "ni siquiera con las resoluciones de la inspección de trabajo que ha levantado dos infracciones graves en materia de condiciones de trabajo ha cambiado la situación", ha añadido.

Finalmente, la sentencia anula la sanción, con lo cual la empresa debe pagarle el salario correspondiente a dicho mes y además debe indemnizar a la trabajadora con la sanción mínima, equivalente a 3.126 euros, por la falta grave de vulneración de los derechos de indemnidad y de libertad sindical.

Desde el sindicato han estimado que la medida supone "un correctivo muy importante" porque consideran que se trata de "un caso genérico" con un "alcance de gran recorrido en una provincia con las relaciones laborales tan viciadas y extemporáneas como es la de Ourense".

A su vez, hacen un llamamiento a la Confederación de Empresarios de Ourense, actualmente en proceso electoral, para que los candidatos se ocupen de "educar a sus empresarios en la libertad y el respeto".

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