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Desestimada la apelación de Fiscalía contra la absolución del exconcejal del BNG en el' caso Bedoya'

La Audiencia Provincial de Ourense ve acreditado que el acusado "no dio órdenes para eludir informes"

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La Audiencia Provincial de Ourense ve acreditado que el acusado "no dio órdenes para eludir informes"

La Audiencia Provincial de Ourense ha desestimado la apelación del Ministerio Fiscal contra la sentencia que absolvió al exconcejal del BNG Andrés García Mata de un delito continuado de prevaricación administrativa en el denominado 'caso Bedoya', que había llevado a los tribunales el entonces portavoz del grupo municipal de Democracia Ourensana, Gonzalo Pérez Jácome, actual alcalde de Ourense.

En el auto, de este 4 de diciembre, la sección segunda de la Audiencia destaca que "no ha podido llevarse a la sala al convencimiento de que la juzgadora --la titular del juzgado de lo penal número 1 de Ourense-- incurrió en una interpretación irracional e ilógica".

Ello, según argumentan los magistrados, "impone sin más el rechazo del recurso articulado". La sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así, el fallo entiende que "ha quedado acreditado que el acusado no dio órdenes al respecto para eludir tales informes, puesto que de haber sido ello así, el asesor jurídico que dirigió el expediente lo hubiera puesto de manifiesto para eludir su responsabilidad".

SENTENCIA DE JULIO
En la sentencia del pasado julio, la jueza decidió absolver al exconcejal del Bloque, implicado en un caso referido a la adjudicación de las obras de acondicionamiento de espacios urbanos y renovación de servicios en la calle Bedoya y en la Plaza Paz Novoa de la ciudad de Ourense, que había sido denunciado por Jácome cuando estaba en la oposición.

María Blanca Díez Mediavilla consideró que "no ha quedado acreditado" que García Mata incurriese en un delito de prevaricación por recurrir al procedimiento de adjudicación mediante procedimiento negociado sin publicidad y urgente".

"No quedó probado que el acusado tuviese conocimiento de que acudir a ese procedimiento contraviniese la normativa vigente", destacó la jueza en la sentencia, en la que resaltó que el valor de cada uno de los contratos de adjudicación de las obras "no supera el millón de euros".

Apuntaba al respecto la jueza en el apartado de hechos probados que resultaba necesaria "una pronta ejecución de las obras" porque el plazo fue fijado por la Xunta, "debiendo el Ayuntamiento respetar el mismo".

En concreto, la Consellería de Innovación de la Xunta había concedido, en junio de 2008, sendas subvenciones de 257.04 euros y de 244.903 euros para el acondicionamiento comercial de la calle Bedoya y de la Plaza Paz Novoa y daba de plazo para ejecutar ambas obras hasta el 31 de octubre de ese mismo año.

La Fiscalía había formulado escrito de acusación contra García Mata por un delito continuado de prevaricación y había solicitado para él la pena de ocho años y seis meses de inhabilitación para empleo o cargo público.

OTRA ABSOLUCIÓN A GARCÍA MATA
En el momento de los hechos gobernaba en el Ayuntamiento de Ourense un bipartito de PSOE y BNG. El entonces concejal de Infraestructuras Andrés García Mata, entre otros cargos del BNG, también fue absuelto en el caso de la tramitación de paneles publicitarios e informativos, que el grupo del PP de Ourense había denunciado en 2008 ante la Fiscalía, pero que la Audiencia Provincial descartó que existiesen delitos de prevaricación, cohecho y falsedad documental.

Precisamente, García Mata, que era teniente de alcalde de Ourense, presentó su dimisión en septiembre de 2010 solo 24 horas después de ser imputado por la frustrada adjudicación de esos paneles publicitarios.

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