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Conde Roa y otros políticos de Santiago exculpados de la Pokemon por una Justicia que entona el mea culpa

La causa del archivo es que la jueza de Compostela admite que de la instrucción -realizada en Lugo por la sancionada jueza Pilar de Lara- es imposible determinar qué supuestos delitos pudo cometer cada acusado.


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La causa del archivo es que la jueza de Compostela admite que de la instrucción -realizada en Lugo por la sancionada jueza Pilar de Lara- es imposible determinar qué supuestos delitos pudo cometer cada acusado. 


 El Juzgado de Instrucción número 1 de Santiago ha decretado el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones relacionadas con una de las piezas separadas de la operación Pokemon remitida por el Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, y en la que estaban investigados dos exalcaldes del PP, Gerardo Conde Roa y Ángel Currás, que acabaron dimitiendo en la misma legislatura dando el bastón de mando finalmente a Agustín Hernández.


Gerardo Conde Roa


Conde Roa


CONCEJALES TAMBIÉN EXCULPADOS

Del mismo modo, ha acordado dejar sin efecto las medidas preventivas adoptadas respecto a los 11 investigados, entre los que también se encontraban otros ediles populares como Albino Vázquez y el socialista Bernardino Rama. Precisamente, en enero también se había archivado la pieza referida a la supuesta financiación irregular del PSOE local, en el que estaba investigado Rama.



La causa que ha quedado archivada ahora se abrió por presuntas irregularidades cometidas por concejales y personal funcionario del Ayuntamiento de Santiago hace dos legislaturas.

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Santiago asegura en el auto que, tras examinar la documentación, le resulta imposible "determinar con exactitud qué hechos delictivos se atribuye a cada uno de los sospechosos", así como "conocer la línea de investigación" llevada a cabo en Lugo, tal y como ha informado el TSXG.


La magistrada recuerda en el auto que recibió la causa en mayo de 2018, cuatro años después de que la instructora de Lugo se inhibiese a su favor, en 2014. Entonces rechazó hacerse cargo del caso, pero en febrero de 2020 el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia le atribuyó la competencia.

La magistrada de Santiago, Ana López-Suevos, explica que durante los cuatro años que pasaron desde que se decretó la inhibición de la causa hasta que la recibió, en Lugo se continuaron practicando diligencias.

Por ello, considera que el Juzgado de Instrucción número 1 de Santiago "se encuentra imposibilitado para conocer cuál es el objeto de la causa, pues tanto los hechos como los delitos pueden haberse descartado o confirmado o incluso añadido otros nuevos, así como el número e identidad de los posibles sospechosos, aunque no habían sido formalmente imputados".

La jueza insiste en que procesalmente "se actuó con el criterio contrario a la lógica de tramitación", pues sostiene que en lugar de llevar a cabo una breve instrucción e inhibirse al juzgado de Santiago, lo que se hizo fue dictar un auto de inhibición, pero se siguió instruyendo la causa cuatro años más en Lugo.

MEA CULPA DE LA JUSTICIA

En el auto también resalta que a los denunciados se les causó una "total indefensión", al tiempo que recuerda que estuvieron sometidos "a medidas preventivas que restringieron su libertad personal". 


La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Santiago afirma que se les ocasionó "incertidumbre y angustia" a los investigados "por encontrarse inmersos en un proceso judicial del que resulta imposible determinar con exactitud qué hechos delictivos se les atribuyen a cada uno de ellos".

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