#Claves de la semana

​La instructora de la 'Cóndor' asigna la condición de protegido a un testigo que denunció amenazas de Raúl López

El presidente del Obradoiro le habría interpelado con violencia verbal por las investigaciones aparecidas en medios sobre la entidad deportiva. 


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Obradoirobaloncestosar

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, Pilar de Lara, en el marco de la 'Operación Cóndor', ha asignado la condición de testigo protegido a una persona que supuestamente fue amenazada por el propietario de Monbus, Raúl López, uno de los investigados en este caso sobre supuestos delitos fiscales, contra la administración pública y blanqueo de capitales.


En un auto sellado el 31 de marzo, se da cuenta de que los hechos por los que se cursa la petición surgen a raíz "de un escrito de denuncia, fechado a 5 de julio de 2016, firmado por accionistas de la entidad Obradoiro Club Amigos de Baloncesto, Sociedad Anónima Deportiva y abonados de Xade, junto al que se remitió igualmente una carta en la que aparece como denunciante M., que proporcionó un número de teléfono para mostrar su colaboración a fin de aclarar" unas presuntas "irregularidades".


Dichas "irregularidades" tienen que ver con la "gestión de Xade S.L., empresa de capital mixto, encargada de la gestión de los recintos deportivos dependientes del ayuntamiento de Santiago de Compostela" (cuyo apoderado es S.L.C.) y el supuesto "trasvase de dinero negro entre las sociedades Xade S.L. y Obradoiro Club Baloncesto (que preside Raúl López), el cual podría emplearse para efectuar remuneraciones en B a empleados y jugadores del club".


Es Vigilancia Aduanera la que pone en conocimiento del Juzgado de Lugo la "interposición de una querella al denunciante por denuncia falsa por parte de S.L.C., habiendo recibido una demanda de conciliación (hechos comunicados en fecha 20 de marzo de 2017), la cual seguiría en el Juzgado de Instrucción número 1 de Santiago".


EPISODIO DE "INTIMIDACIÓN"


También informa de que "el denunciante comunica haber sido objeto de amenazas a su integridad física mediante una llamada anónima a su teléfono móvil particular desde un número oculto producida el día 20 de marzo de 2017". Posteriormente, el día 30 de marzo habría recibido una nueva llamada", añade el escrito.


Además, se advierte de un episodio de "intimidación por parte de Raúl López, quien, según se comunica, al finalizar la asamblea de socios del Obradoiro SAD y CAB, le habría interpelado con violencia verbal y de forma agresiva sobre la veracidad de las informaciones producidas sobre las posibles investigaciones de la entidad deportiva".


En el auto de Pilar de Lara se pone de manifiesto, a renglón seguido, que "así las cosas, e independientemente del curso de la investigación penal cuya apertura se ha acordado por un posible delito de obstrucción a la justicia, esta instructora considera que el denunciante M.D.C. merece la protección dispensada por el Ordenamiento Jurídico a los testigos en la LO 19/1994 de Protección de Testigos".


La jueza ha razonado que, con ello, se trata de "proteger a las personas que pese a los problemas de toda índole con los que puedan encontrarse a lo largo del tedioso devenir procesal, deciden colaborar con la justicia".


En el auto, de 15 folios, se pone especial énfasis en que ese testigo protegido "ha prestado colaboración con Vigilancia Aduanera sobre determinados hechos".


"PELIGRO SERIO Y REAL"


Sigue la exposición poniendo de relieve que esta persona "manifiesta haber sufrido amenazas e intimidaciones, advirtiendo la existencia de un peligro serio y real tanto para su integridad física como fundamentalmente moral y psicológica deriva de su participación en el proceso penal como denunciante, amenazas que provienen según sospecha del entorno de S.L.C., apoderado de Xade, y de Raúl López, quien le habría inquirido de forma violenta según alega a Vigilancia Aduanera, precisamente por las investigaciones aparecidas en medios de comunicación".


Finalmente, se dispone por la jueza "conceder la condición de testigo protegido a M.D.C" y se avisa que "no constara en la causa el domicilio y su número de teléfono, quedando tales datos, preservados en sobre cerrado y sellado, a disposición de la Secretaria Judicial de este Juzgado".

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