La Xunta dicta las instrucciones para el desarrollo del próximo curso en los centros educativos gallegos

Habrá nuevas materias sobre Cultura Financiera, Inteligencia Artificial para la Sociedad y Tecnologías Inteligentes en ESO y Bachiller

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Archivo - Un profesor da clase a un grupo de alumnos el día que arranca el curso escolar en Galicia, en el CEIP Eduardo Cela Vila de Triacastela, a 8 de septiembre de 2022, en Triacastela, Lugo, Galicia.

Habrá nuevas materias sobre Cultura Financiera, Inteligencia Artificial para la Sociedad y Tecnologías Inteligentes en ESO y Bachiller

La Xunta ha publicado la resolución por la que se dictan las instrucciones para el desarrollo de las enseñanzas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato en el curso académico 2023/24, que contará como novedad con las materias de Cultura Financiera (3º ESO), de Inteligencia Artificial para la Sociedad (4º ESO) y de Tecnologías Inteligentes (1º BAC).

Tal y como se recoge en el DOG de este lunes, en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) las materias optativas de tercer y cuarto curso y las materias de opción de cuarto curso necesitan de un número mínimo de diez alumnos para poder ser impartidas.

Con todo, para atender la diversidad en ámbitos rurales o pequeños núcleos de población podrán impartirse las materias optativas con un número menor de alumnos, pero en ningún caso inferior a cinco.

En la oferta de las materias de lenguas extranjeras se tendrá en cuenta que, con carácter general, el alumnado estudiará el mismo idioma en la materia Lengua Extranjera en los cuatro cursos de la etapa.

Además, estudiará el mismo idioma en la materia Segunda Lengua Extranjera en el primero y en el segundo curso de la etapa, mientras que el alumnado que opte por cursar un idioma diferente en la materia Segunda Lengua Extranjera en 3º o en 4º curso, sin haberla cursado en años anteriores, deberá contar con la competencia necesaria para poder seguir la programación correspondiente y alcanzar los objetivos previstos.

Sobre materias pendientes, el alumnado matriculado en un curso de educación secundaria obligatoria que tenga pendientes materias establecidas en el Decreto 156/2022, de 15 de septiembre, deberá matricularse de ellas y cursarlas a lo largo del curso siguiendo los correspondientes planes de refuerzo.

Asimismo, aquellos que tengan pendientes materias que se extinguen deberá recuperarlas con el currículo establecido en el Decreto 156/2022, de 15 de septiembre.

En este sentido, la resolución establece que las materias de libre configuración de primero y de segundo curso y la materia de Tecnología de tercer curso no tienen correspondencia con materias del nuevo sistema, por lo que el alumnado deberá matricularse de ellas, pero no tendrá obligación de recuperarlas.

Además, para obtener matrícula de honor, las calificaciones obtenidas en la evaluación final de las enseñanzas de religión y en la materia Proyecto Competencial no computarán en el cálculo de la media a efectos de esta mención.

BACHILLERATO
Por otra parte, en Bachillerato las materias de modalidad deberán contarán con un mínimo de cinco alumnas y/o alumnos para poder ser impartidas. Excepcionalmente, podrán impartirse con un número menor de alumnos.

Del mismo modo, las materias optativas necesitan de un número mínimo de diez alumnos para poder ser impartidas, aunque, al igual que en ESO, en ámbitos rurales o pequeños estas materias podrán impartirse con un número menor de alumnos, pero nunca menor de cinco.

Respecto a las materias pendientes del anterior curso académico, las que tengan igual denominación entre el Decreto 86/2015, de 25 de junio, y el Decreto 157/2022, de 15 de septiembre, deberán recuperarse con el currículo de la nueva materia.

Asimismo, el alumnado que tenga pendiente de superar Fundamentos de Arte I o Cultura Audiovisual II deberá sustituir dicha materia por otra materia de la modalidad que curse.

Los que hayan cursado segundo de bachillerato según el Decreto 86/2015, de 25 de junio, y opten por no repetir el curso completo, deberán recuperar las materias cursadas con calificación negativa de segundo y, en su caso, las materias cursadas con calificación negativa de primero.

Se podrá optar por un cambio de modalidad entre primero y segundo siguiendo unos criterios específicos y el alumnado que repita segundo o que promocione a segundo tras haber cursado el primer curso del bachillerato según el Decreto 86/2015, de 25 de junio, podrá cambiar a una modalidad del nuevo sistema.

Mientras, los que estén en posesión del título de técnica o técnico de Formación Profesional, de técnica o técnico en Artes Plásticas y Diseño o de técnica o técnico de las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza podrá matricularse únicamente de las materias comunes.

EDUCACIÓN INFANTIL
En lo relativo a Educación Infantil la publicación del DOG señala que el horario escolar se organizará desde un enfoque globalizador e incluirá propuestas de aprendizaje que permitan alternar diferentes tipos y ritmos de actividad con períodos de juego y de descanso en función de las necesidades del alumnado.

Además, la dirección del centro podrá asignar al profesorado que no complete las 25 horas lectivas tareas relacionadas prioritariamente con la atención a la diversidad y de apoyo y refuerzo para el alumnado del centro que lo necesite.

En cuanto a las programaciones didácticas, se podrán elaborar combinando, por nivel educativo, cualquiera de las tres áreas de la etapa: Comunicación y Representación de la Realidad, Crecimiento en Armonía y Descubrimiento y Exploración del Entorno.

PRIMARIA
Entre los aspectos generales que recoge la Consellería para Educación Primaria se encuentra la adopción de las medidas necesarias que se basarán en la información que consta en las correspondientes memorias finales, así como en los informes del alumnado elaborados al final del curso 2022/23, para favorecer la transición del alumnado entre las etapas de educación infantil y de educación primaria.

Así, la planificación del primer ciclo de educación primaria se basará en metodologías que no supongan una ruptura abrupta respecto de las empleadas durante la etapa de educación infantil.

Sobre el horario, los centros podrán organizar su horario lectivo en cada jornada en sesiones o medias sesiones que se podrán agrupar con el fin de potenciar estrategias metodológicas para el desarrollo de las competencias o de trabajo interdisciplinario.

En lo que respecta a la agrupación de áreas en ámbitos, no podrán formar parte de un ámbito el área de Proyecto Competencial ni las enseñanzas de religión y el nombre del ámbito será la concatenación mediante guiones de los nombres de las áreas que constituyen dicho ámbito en el orden en que aparecen en el artículo 9 de dicho decreto.

En la planificación del proceso de enseñanza y aprendizaje de los ámbitos deberán respetarse los objetivos, los criterios de evaluación y los contenidos de las áreas que se integren en estos, así como el horario asignado al conjunto de ellas. La programación didáctica del ámbito se realizará de manera globalizada, combinando los elementos curriculares de las áreas.

Otro de los puntos que refleja esta resolución es que los centros utilizarán la aplicación informática Proens para la elaboración y, en su caso, para la modificación de la concreción curricular, así como para la elaboración, el seguimiento y la supervisión de las programaciones didácticas y para la realización de las memorias finales de departamento o de ciclo.

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