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El Ministerio de Justicia siembra dudas sobre el derecho a la huelga del turno de oficio y Venia lo denuncia a Europa

Abogados y procuradores del turno de oficio llevan más de dos meses en huelga indefinida.

 


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Foto: EP

 

La mejora de las condiciones laborales y salariales de los profesionales del turno de oficio ha llevado a abogados y procuradores a secundar una huelga histórica que supera ya los dos meses de paros. Tiempo suficiente para haber sentado las bases de una negociación que, sin embargo, no se ha producido por la negativa de las administraciones públicas a dialogar. Con el silencio por respuesta, el Sindicato Venia, que promovió las protestas en el sector, ha interpuesto acciones legales contra el Estado ante la Institución europea, a fin de buscar una salida a esta situación enquistada.

 

El sindicato considera que el Estado comete una "infracción del Art. 28 de la Carta de Derechos fundamentales de la UE" y manifiestan que el Ministerio de Justicia "ha intentado boicotear la huelga legalmente convocada" y que fue en su día "comunicada a la autoridad laboral".
 

No obstante, al parecer del Estado la convocatoria es "ilegal" al considerar que se trata de colectivos que no tienen derecho a ejercer la huelga. "Desde un órgano del Estado se ha obstaculizado el ejercicio del derecho fundamental a la huelga, lo que ha provocado en algunas zonas del territorio español la disuasión y merma del seguimiento", reprende el sindicato, que dice sentirse "desacreditado" por el Ministerio y su forma de actuar, provocando que instituciones como Colegios de Abogados o hasta el Tribunal Constitucional se sumen a esta corriente contraria a la huelga. 
 

"ESPAÑA NIEGA UN DERECHO FUNDAMENTAL"

"Resulta increíble que todos esos organismos no sean conocedores de las vías procesales oportunas para la declaración ilegal de una huelga, y que, lejos de esos procedimientos, hayan iniciado vías de hecho vulnerando derechos fundamentales de miles de abogados", consideran desde Venia, que admite que en el sector se ha instalado un cierto "temor" entre los abogados y procuradores a hacer uso de este derecho fundamental, que incluso ha motivado que resoluciones judiciales denegasen la suspensión de algunos procesos. 
 

Episodios, argumentan, que "denotan la inexistencia de independencia del poder judicial,  demostrando en la práctica que algunos órganos siguen las directrices del poder ejecutivo". "Queremos destacar que lo que se denuncia no es la falta de derecho, cuya existencia es evidente y expresamente reconocida en el artículo 28 de nuestra carta magna, sino la actividad impeditiva al ejercicio del derecho por parte de órganos del poder ejecutivo y de algunos órganos del poder judicial que incluso se han atrevido a dictar circulares e instrucciones en ese sentido", censuran, al tiempo que reiteran que España niega el ejercicio de un derecho fundamental a todo un colectivo de profesionales que trabajan en condiciones indignas".

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