Condenan a la Xunta y a la CHMS por su "inactividad" ante la "degradación ambiental" del embalse de As Conchas
Deberán "adoptar inmediatamente" las medidas necesarias para garantizar el abastecimiento de agua potable limpia, segura y libre de microorganismos y sustancias químicas
La sección segunda del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) condenó a la Xunta y a la Conferencia Hidrográfica Miño-Sil (CHMS) por su "inactiviada" ante la "degradación ambiental" del embalse de As Conchas (Ourense) y por vulnerar derechos fundamentales de los vecinos.
"Se declara la vulneración de los derechos fundamentales derecho a la vida y en su relación con el derecho a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio, a la propiedad vinculados al disfrute del agua", recoge el fallo del TSXG.
La demanda fue presentada en marzo de este año por la asociación local de vecinos del pueblo de As Conchas, en el municipio de Lobeira (Ourense), y la Federación de Consumidores y Usuarios CECU, junto a siete ciudadanos particulares.
Según los demandantes la grave contaminación existente en el embalse y en la cuenca del río Limia debido, principalmente a purines y a residuos ganaderos, provocó la contaminación del agua potable, malos oroles y proliferación de cianobacterias.
Ahora, el alto tribunal gallego, que estimó parte de la demanda, entiende que la vulneración está provocada por la "inactividad" de ambas Administraciones públicas que, "pese a conocer la situación y estar legalmente obligadas a ello, no fueron capaces de poner remedio alguno".
De esta forma, condena a la Xunta y a la CHMS a adoptar "inmediatamente" cuantas medidas sean necesarias para que "cesen los olores y la degradación ambiental" del embalse de As Conchas y su entorno y devolverles "el pleno disfrute de los derechos fundamentales" que reclaman los denunciantes.
Asimismo, deben "adoptar inmediatamente" las medidas necesarias para garantizar el abastecimiento de "agua potable limpia, segura y libre de microorganismos y sustancias químicas" que constituyan una "amenaza para la salud de las personas" con el objetivo de devolverles el "pleno disfrute" de su derecho humano al agua.
Los demandantes también atribuían responsabilidades a los ayuntamientos de Bande, Os Blancos, Trasmirás Lobeiras y Muiños, pero el TSXG desestimó la demanda frente a los mismos.
"INCREMENTO EXCESIVO DE MACROGRANJAS"
La sentencia apunta a que la Xunta incurrió en infracción al no salvaguardar la calidad de las aguas subterráneas y la protección del medio ambiente al permitir "un incremento excesivo en una comarca como A Limia de macrogranjas (más de 300) sin trasladar el riesgo medioambiental a la empresa y/o empresas destinatarias del beneficio".
Estos hechos, según el fallo, "se acrecienta con la ineficaz" festión de los residuos que finalizaban en lugares "no controlados" y sin que se controlasen químicamente ante la posible presencia de antibióticos/químicos derivados de medicamentos, "provocando una saturación del medio que el terreno era incapaz de asumir y con ello el perjuicio al medioambiente y la existencia de bacterias resistentes".
En cuanto a la responsabilidad de la CHMS, los magistrados apuntan a su obligación derivada del control de la calidad de las aguas. Sin embargo, la "inacción" de la administración eststal derivó en el "empeoramiento de la calidad de las aguas" desde 2011.
Los magistrados entienden que el organismos estatal debería intervenir ante la "proliferación de las autorizaciones de las macrogranjas".
"Era evidente un deterioro paulatino y crónico y un origen que, pese a no reconocerse expresamente, a la vista de los datos era palmario dado que la población es escasa y la cabaña ganadera es asimilable a la de una gran ciudad en cuanto al nivel de residuos", recala la sala.
"INNEGABLE PREJUICIO MORAL"
El TSXG también entiende que los demandantes experimentan un "innegable prejuicio moral que no cesó" y es una situación "se remonta desde 2011". Por ello, entienden que "provoca angustia y ansiedad" al ver que la situación se prolongaba con el tiempo --casi 24 años--
Por ello, condenan a las administraciones demandadas a indemnizar con una cantidad de 1.000 euros mensuales desde la fecha de presentación de la reclamación inicial y hasta un mázimos de 30.000 euros para cinco de los demandantes y hasta un máximo de 6.000 euros para otra denunciante.
REACCIONES A LA SENTENCIA
Tras la sentencia, la plataforma Auga Limpa Xa saludó el fallo del alto tribunal gallego que, según indicó en un comunicado, "establece un antes y un después en la lucha de los colectivos vecinales, ecologistas y de la comunidad científica" contra la contaminación de las aguas.
Además, es una oportuniada para "caminar" hacia una solución del problema, que llevará muchos años, pero para el que parece que "era imprescindible un reconocimiento rotundo" desde la Justicia del origen y dimensión de la contaminación.
En este sentido, la asociación avanzó que tiene previsto desarrollar mesas informativas en las fiestas de Lobios, que se celebrán este domingo, y en Xinzo, que tienen lugar el lunes, para explicar a los vecinos los fundamentos de la demanda y las posibilidades que se abren para empezar a trabajar contra la contaminación.
Por su parte, el presidente de la asociación de vecinos local y demandante en el caso, Pablo Álvarez, aseguró que después de "tantos años de lucha incansable", con esta sentencia "por fin nos ecuchan".
"El TSXG reconoció lo que llevamos tanto tiempo denunciando: nuestros derechos fueron vulnerados por la inacción de las administraciones frente a la contaminación de la ganadería industrial", apunta en un comunicado.
El diputado del BNG en el Parlamento de Galicia Iago Tabarés espera la "ejecución inmediata" de la sentencia, con la adopción de "todas las medidas necesarias" para garantizar un abastecimiento de agua seguro, la eliminación de los focos contaminantes y la recuperación ambiental del entorno del embalse.
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