Hombre evita la cárcel pese a violar dos veces a una menor que drogó en Lugo

La Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a un joven de 33 años, identificado con las iniciales F.P.F., a dos años de prisión y dos de libertad vigilada por haber violado en dos ocasiones a una menor en un motel de la capital lucense, después de suministrarle MDMA sin su consentimiento. Pese a la gravedad de los hechos, el acusado no ingresará en prisión, ya que el tribunal ha aceptado suspender la ejecución de la pena debido a que ha comenzado a abonar la indemnización a la víctima y se ha comprometido a pagar el resto en un plazo máximo de 24 meses.


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Juicio agresión sexual
Juicio por agresión sexual en Lugo 

 

Esta resolución judicial llega tras un acuerdo de conformidad alcanzado entre la Fiscalía, la acusación particular y la defensa del acusado. El pacto permitió rebajar la pena solicitada de ocho a dos años de prisión, al aplicarse la atenuante de reparación del daño por el pago parcial de la indemnización. El joven ya ha entregado 2.000 euros a la víctima y deberá completar el pago de otros 10.000 euros durante los próximos dos años. 

 

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 17 de agosto de 2022. Según el relato de la Fiscalía, el acusado y la víctima, menor de edad en aquel momento, se encontraron en Monforte de Lemos para una supuesta compra de droga. Ambos pasaron la noche consumiendo alcohol y estupefacientes, y en un momento dado, él añadió MDMA en la bebida de la joven sin que esta lo advirtiera.

 

Horas más tarde, el joven logró convencerla para trasladarse a Lugo, bajo el pretexto de descansar en un hotel. Durante el trayecto, la víctima manifestó su negativa a mantener relaciones sexuales, indicando que solo deseaba dormir. Sin embargo, una vez en la habitación del motel, el agresor la besó, la tocó y finalmente la violó, sujetándola del cuello mientras ella intentaba resistirse.

 

Tras la primera agresión, el acusado se bañó en el jacuzzi del cuarto, pero regresó poco después a la cama, donde volvió a someterla a una segunda violación, esta vez tirándola del pelo e inmovilizándola. La menor, completamente desorientada y sin medios para regresar a Monforte, permaneció en el motel hasta la tarde siguiente.

 

La denuncia y la detención

Cuando por fin pudieron contactar, la joven relató lo ocurrido a su madre, quien la convenció de acudir a un centro médico y denunciar la agresión. Posteriormente, el acusado fue detenido y puesto a disposición judicial, enfrentándose inicialmente a una petición de ocho años de cárcel por un delito de agresión sexual continuada.

 

El informe forense acreditó que la víctima sufrió erosiones en el cuello y contusiones en la pelvis, además de daños psicológicos derivados de la agresión. La Fiscalía reclamó una indemnización total de 11.996 euros, de los cuales 263 euros correspondían a las lesiones físicas y 11.733 euros a los daños morales. Además, el condenado deberá abonarle al Sergas el coste de la asistencia sanitaria y hacerse cargo de las costas judiciales.

 

La Audiencia Provincial de Lugo autorizó la suspensión de la pena de prisión por cuatro años, siempre que el condenado no vuelva a delinquir ni incumpla los pagos acordados con la víctima. Durante ese tiempo, F.P.F. permanecerá sometido a libertad vigilada y con la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima a menos de 200 metros. También tendrá prohibido desempeñar cualquier empleo o actividad que implique contacto habitual con menores durante tres años.

 

Esta fórmula de suspensión se aplicó en atención a su colaboración económica para reparar el daño causado y a la ausencia de antecedentes penales. En caso de incumplimiento de cualquiera de las condiciones impuestas, el tribunal podría revocar el beneficio de suspensión y ordenar su ingreso efectivo en prisión.

 

Debate sobre la proporcionalidad de la condena

La decisión judicial ha despertado malestar entre colectivos feministas y asociaciones de víctimas, que consideran que la pena no se corresponde con la gravedad de los hechos descritos. Señalan que la aceptación del pago de una cantidad económica como mecanismo para evitar la prisión envía un mensaje desalentador a las víctimas de agresiones sexuales.

 

Desde sectores jurídicos, sin embargo, se recuerda que el acuerdo de conformidad está previsto en la ley y que la aplicación de atenuantes por reparación del daño es una práctica habitual en la justicia española cuando concurren circunstancias como el reconocimiento de los hechos y la intención de compensar a la víctima.
 

 


 

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