Un juzgado de Ourense anula la suspensión de empleo y sueldo de 2 meses de una trabajadora del Colegio de Abogacía
El Juzgado de lo Social nº1 de Ourense ha anulado la suspensión de empleo y sueldo de dos meses de una trabajadora del Ilustre Colegio de la Abogacía de Ourense, al estimar la demanda presentada por esta.
El Juzgado de lo Social nº1 de Ourense ha anulado la suspensión de empleo y sueldo de dos meses de una trabajadora del Ilustre Colegio de la Abogacía de Ourense, al estimar la demanda presentada por esta.
En concreto, tal y como se recoge en la sentencia, la demandante "viene prestando servicios" para dicho organismo desde el 19 de noviembre de 2001, ejerciendo el cargo de profesional de auxiliar administrativo, percibiendo, entre octubre de 2024 y septiembre de 2025, un salario de 37.556 euros, repartidos en 15 pagas anuales.
Así, el 29 de julio de 2025, se le abrió un expediente informativo y, por resolución del 8 de septiembre de 2025 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Ourense, se le impuso a la demandante una suspensión de empleo y sueldo de 2 meses "por la comisión de una falta muy grave".
Por ello, la trabajadora presentó demanda el 16 de octubre de 2025 frente a dicha resolución, solicitando la nulidad de la sanción impuesta, por constituir "un ataque a la dignidad de la trabajadora", así como que se revoque la misma, "por no ser ciertos los hechos imputados a la demandante".
En esta línea, el Juzgado de lo Social nº1 de Ourense ha estimado dicha demanda, en una sentencia firme contra la que "no cabe interponer recurso alguno", al considerar que la medida disciplinaria "incumple los requisitos formales exigidos" porque "no da los detalles concretos" que permitan "conocer el alcance de los hecho"
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